Presidencia de la Nación

La Pampa


Toda la información requerida que se vincule con los electores extranjeros residentes en la Argentina que viven en la Provincia de La Pampa, se debe solicitar al Tribunal Electoral de la provincia.

SOLICITAR INFORMACIÓN

Característica del voto

El voto no es obligatorio para los extranjeros pero el Tribunal Electoral podrá cancelar de oficio la inscripción en el Registro cuando el elector no votare en dos o más elecciones consecutivas, no habiendo en ningún caso justificado en tiempo y forma, la no emisión del voto
(Art.5, Ley Nº 1.197).

Requisitos para poder votar

Para ser elector tenés que cumplir los siguientes requisitos:
1) Ser mayor de dieciocho (18) años.
2) Acreditar fehacientemente seis (6) años de residencia inmediata, efectiva y continua, mínima en la provincia, de los cuales por lo menos tres (3) deberán ser en el Ejido Comunal en el que se desee votar. Para demostrar dicha antigüedad en la residencia se tomarán en cuenta las constancias del DNI para Extranjeros, salvo los casos excepcionales que prevea la reglamentación en los cuales podrán utilizarse otros medios de prueba.
3) Inscribirte en el Registro Provincial de Electores Extranjeros.
4) No encontrarte comprendido en algunas de las causales de inhabilidad electoral.
(Art.1, Ley Nº 1.197).

Categoría/s de cargos a elegir

Categorías municipales.

Inscripción en el padrón

Si sos extranjero y residís en la provincia de La Pampa podés solicitar la inscripción al Registro de Electores Extranjeros a cargo del Tribunal Electoral provincial.

Normativa

Decreto 525/07
Ley 1.197

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