Presidencia de la Nación

ROS/RFT


El Reporte de Operación Sospechosa de Lavado de Activos / Financiación del Terrorismo (ROS/RFT) es una herramienta que nutre a la UIF de información valiosa para la investigación, detección y combate del Lavado de Activos/Financiación del Terrorismo. Por esta razón es fundamental que todos los Sujetos Obligados den cumplimiento adecuado a la hora de efectuar estos reportes (ROS/RFT).

El presente documento tiene por objeto servir de guía en la confección de un ROS/RFT y brindar orientación para completar correctamente el formulario. Atender a estas recomendaciones permite elevar la calidad de la información proporcionada, posibilita el adecuado funcionamiento de los procesos automáticos de valoración de riesgo de los sistemas de la Unidad y facilita el análisis posterior.

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Una vez logueado con su CUIT y contraseña, seleccione la pestaña “ROS/RFT”.

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Seleccione el tipo de sujeto con el que desea ingresar.

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Pulse “Nueva operación”.

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Seleccione el tipo de operación a reportar (ROS/ RFT).

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Al seleccionar ROS se desplegará una pantalla que permitirá tener una visión general del reporte. Complete según las indicaciones.

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Seleccione las opciones que correspondan en cada desplegable.

EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA: corresponde sólo en caso de operaciones realizadas mediante instrumentos creados por Ley Nº26.860, (CEDINES, BAADES y/o PAD). (Régimen de exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior).

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Seleccione entre Operación realizada/ tentada.

Realizada: Operación que fue concretada.

Tentada: Intento, propósito o pretensión de realizar una operación, sin haberse concretado. Las operaciones tentadas también deben ser reportadas.

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Seleccione lo que corresponda.

Delito precedente
Si Ud. desconoce la existencia del delito precedente, seleccione NO en el desplegable. Si tiene conocimiento del delito precedente, seleccione SI y haga click en Agregar Nuevo.

Seleccione el tipo de delito precedente entre las opciones que brinda el desplegable.

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Seleccione la Fuente de Información a partir de la cual Ud. tuvo conocimiento del delito.

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Presione Aceptar o Cancelar

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Si tiene más de un delito para reportar, seleccione “Agregar nuevo”.

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A continuación proceda a definir Quién/Quiénes son la/s Personas Jurídicas, Físicas, locales o extranjeras involucradas en la operación. Recuerde que debe cargar los datos de todas las personas físicas y/o jurídicas, locales o extranjeras vinculadas directa o indirectamente con la operación. Se recomienda seguir siempre el orden indicado: PJ, PJE, PF, PFE. Podrá cargar más de una de cada tipo de persona. Tenga en cuenta que en ningún caso podrá cargar una Persona Jurídica sin posteriormente cargar una o más Personas Físicas vinculadas.

La correcta identificación de todas y cada una de las personas físicas y jurídicas involucradas es fundamental para el correcto reporte. Se espera que el sujeto obligado realice el esfuerzo necesario para completar todos los datos solicitados en forma correcta y precisa. Las ventanas marcadas con asterisco* son los campos críticos y deben ser completados obligatoriamente. Por favor asegúrese de prestar aún mayor atención al momento de completarlos, ya que el hecho de cargar incorrectamente la información genera errores estadísticos y disminuye significativamente la calidad del reporte al dificultar los procesos de búsqueda y análisis de la información a través de los sistemas de la Unidad.

Si desconoce algún dato, deje la ventana en blanco (evite expresiones como Idem, S/D, Sin Datos, XX, 00, NULL, Sin Nombre, No Informa, Sin Información).

Persona física

A la hora de completar los campos, tenga en cuenta

  1. Realice un doble chequeo de los Nros de documento y CUIT. El CUIT debe ser el de la persona reportada, nunca coloque el CUIT de otra persona jurídica o física vinculada.
  2. Indique la localización geográfica con la mayor precisión posible.
  3. Persona Física relacionada con Paraíso Fiscal/Triple Frontera: Informar el caso de que la persona que se está reportando se encuentre domiciliada en esos/as países/zonas.
  4. Personas Políticamente Expuestas: Si es PEP, tildar esta casilla y aparecerán nuevos campos a completar. En caso de no ser PEP dejar la casilla en blanco. Ver indicaciones PEP más abajo.
  5. Relación con el hecho reportado:

    DIRECTA: Cuando la persona que se está informando participa directamente en la operatoria de LA/FT.

    INDIRECTA: Cuando la persona que se está informando participa indirectamente en la operatoria de LA/FT.

    INCUMPLIMIENTO DEBIDA DILIGENCIA: Cuando un SO toma conocimiento de que otro SO no realizó adecuadamente la debida diligencia de su cliente.

Personas Políticamente Expuestas

Las Personas Políticamente Expuestas están definidas en la Resolución UIF Nº 11/2011 y modificatorias.

Dado el caso que la Persona Física sea PEP, al tildar la casilla se desplegarán los siguientes campos adicionales para completar el perfil PEP.

Estado civil: El desplegable correspondiente a este ítem ofrece las siguientes opciones: Cuando corresponda seleccionar: casado, viudo o unión civil, se desplegarán los siguientes campos a completar en el formulario:

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Una vez chequeados y aceptados los datos, tendrá la opción de agregar otra Persona Física, haciendo click en Agregar Nuevo (en el tipo de persona a incluir). Ejemplo: Persona Física, Agregar Nuevo; Persona Física Extranjera, Agregar Nuevo.

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Una vez cargadas las Personas Jurídicas y Físicas involucradas se debe proceder a Reportar la Operación Sospechosa en la sección Operaciones y Productos, haciendo click en “Agregar Nuevo”.

Tenga siempre presente que el Objeto del ROS/RFT es la Operación Sospechosa, por lo cual se espera que el Sujeto Obligado centre su mayor esfuerzo en la definición clara y objetiva de la operación a reportar.

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Seleccione “Agregar Nuevo”

INICIO/ FIN DE LA OPERACIÓN REPORTADA: El SO deberá prestar especial atención para identificar con precisión cuándo inicia y cuándo finaliza la operación que fue considerada sospechosa y que está reportando. - No informar el período que abarcan todas las operaciones que hizo un determinado cliente. Debe limitarse a la operación que se está reportando - No definir períodos estructurados por defecto, tales como 1, 2, 3 meses, 1 año etc.

LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA: Indíquela con el mayor grado de precisión posible.

OPERACIÓN RELACIONADA CON PARAÍSO FISCAL/TRIPLE FRONTERA: El término “relacionada” hace referencia a que la operación que se está reportando se haya encontrado vinculada con alguno de esos/as países/zonas.

IMPORTANTE: INDICAR EL IMPORTE DE LA OPERACIÓN SOSPECHADA, SIN PUNTOS Y SIN DECIMALES. (otros importes relacionados podrán ser incorporados posteriormente) VERIFICAR SIEMPRE LA CORRESPONDENCIA DEL MONTO INDICADO EN NÚMEROS, EL INDICADO EN LETRAS Y LA MONEDA DE ORIGEN.

El SO deberá reportar en estos campos el monto que se sospecha podría provenir de uno o varios delitos precedentes, (conocidos o no) y que se introdujo, (o se intentó introducir en el caso de operaciones tentadas) en el mercado formal.

OPERATORIA: Describa la/s operación/es, transacción/es observadas como inusuales.

ANÁLISIS: Describa el análisis efectuado que permitió determinar que la operación inusual, se presume, pueda ser sospechosa.

DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO: Detallar toda aquella documentación en la que se sustentó el análisis del SO para arribar a la sospecha que motiva el reporte.

CONCLUSIONES: Describa las conclusiones/argumentos que sustenten la emisión de este ROS/RFT.

RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA CAMPOS NO ESTRUCTURADOS:
  • Asegúrese de realizar una comprobación de la ortografía y recuerde que el sistema no acepta caracteres especiales.
  • En los campos de descripción deberá completar sólo lo solicitado en cada campo utilizando una redacción descriptiva objetiva de los hechos, análisis y conclusiones.
  • Tenga siempre presente que el objeto del ROS/RFT es la operación sospechosa, por lo cual se espera que el Sujeto Obligado centre su mayor esfuerzo en la definición clara y objetiva de la operación a reportar.
  • Evite la inclusión de datos que no aporten valor a la hora de comprender los componentes esenciales de la operación sospechosa, esto son: quiénes son las personas bajo sospecha, qué producto/s involucró la operación sospechosa, cuándo y dónde ocurrió la misma, cómo fue llevada a cabo y por qué finalmente fue considerada sospechosa por el Sujeto Obligado.
  • Preste especial atención en no contradecir en estos campos la información que brindó en los campos estructurados.
  • Evite redundar sobre la información que ya fue incluida en los campos estructurados.
  • No copie y pegue notas periodísticas completas, puede hacer mención o pegar el/los links, de modo de no entorpecer la lectura del reporte.
  • Se espera que en los reportes realizados se informe:
    • La inusualidad detectada, la identificación de la alerta a través de la cual se tomó conocimiento de la misma, la descripción del análisis practicado, (entrecruzamiento de datos de la operatoria reportada y la información aportada por el cliente, más la que el propio sujeto obligado pudo colectar respecto del mismo).
    • Concluir aportando una hipótesis sostenible que permita presumir la ocurrencia de una posible operatoria de lavado de dinero.
Definiciones:

¿Qué son los hechos u operaciones sospechosas?
Aquellas tentadas o realizadas que ocasionan sospecha o motivos razonables para sospechar que los bienes o activos involucrados provienen o están vinculados con un ilícito penal o están relacionados a la financiación del terrorismo, o a el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o que, habiéndose identificado previamente como inusuales, luego del análisis y evaluación realizados por el sujeto obligado, no permitan justificar la inusualidad.

¿Qué son las operaciones inusuales?
Operaciones tentadas o realizadas en forma aislada o reiterada, con independencia del monto, que carecen de justificación económica y/o jurídica, y/o no guardan relación con el nivel de riesgo del cliente o su perfil transaccional, y/o que, por su frecuencia, habitualidad, monto, complejidad, naturaleza y/u otras características particulares, se desvían de los usos y costumbres en las prácticas de mercado.

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Una vez cargadas todas las Personas Físicas y Jurídicas vinculadas y la/s Operación/es/Producto/s, usted tendrá las siguientes opciones disponibles:

Si opta por guardar borrador para reportar o terminar de completar en otro momento, podrá volver a acceder al borrador, (y a las operaciones reportadas), desde la pantalla del paso 1, haciendo la búsqueda por fecha, tipo o nº de operación.

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Una vez reportada la operación, aparecerá en pantalla la Constancia de Reporte de Operación que indica la CUIT del reportante, la fecha del reporte y el número de control. Adicionalmente el sistema enviará la misma constancia a la dirección de mail informada en su registración. Mantenga siempre esta constancia a resguardo ya que es su comprobante de efectivización del reporte.

IMPORTANTE: Confidencialidad del ROS/RFT

El reporte efectuado es confidencial y secreto, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 25.246, debiéndose conservar la documentación que permita la reconstrucción de la operación reportada. Artículo 22 de la Ley Nº 25.246: Los funcionarios y empleados de la Unidad de Información Financiera están obligados a guardar secreto de las informaciones recibidas en razón de su cargo, al igual que de las tareas de inteligencia desarrolladas en su consecuencia. El mismo deber de guardar secreto rige para las personas y entidades obligadas por esta ley a suministrar datos a la Unidad de Información Financiera. El funcionario o empleado de la Unidad de Información Financiera, así como también las personas que por sí o por otro revelen las informaciones secretas fuera del ámbito de la Unidad de Información Financiera, serán reprimidos con prisión de seis meses a tres años.

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