Presidencia de la Nación

Carne


De acuerdo a la definición del capítulo I del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal (Decreto N°4238/1968): “Se entiende por carne a la parte muscular y tejidos blandos que rodean el esqueleto de la res faenada, incluyendo su cobertura grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y todos aquellos tejidos no separados durante la operación de faena (...). No son alcanzadas por esta definición las Carnes Separadas Mecánicamente”.

A partir de esta definición tenemos:
• Piezas enteras, que corresponden a las aves enteras peladas evisceradas.
• Trozo, o presa, es toda parte del ave que no responde a la definición anterior.


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