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Trámites


Lineamientos generales y guía de requisitos mínimos para la presentación de protocolos de calidad en alimentos, pliegos de condiciones facultativas para la carne vacuna con destino a la Unión Europea y consulta sobre factibilidad de atributos. Para su evaluación y dictamen por parte del ccpoa.

a-Metodología:
La presentación se efectuará en la Dirección de Calidad Agroalimentaria del del Senasa. Azopardo 1020° PISO, teléfono 4505-5888/4505-5894 y estará conformada por la siguiente documentación.
1.Nota Solicitud
2.Atributo o condición diferencial.
3.Protocolos operativos (de producción, elaboración y/o otros que pudieran corresponder, asociados a la condición diferencial del Atributo)
4.Protocolos de control y Certificación.
5.Modelo proyecto de rótulo o etiqueta.

b-Contenido de la documentación:
1.Nota solicitud:
1.1 Dirigida al: Sr. Director de Calidad Agroalimentaria, del Servicio Nacional De Sanidad y Calidad Agroalimentaria
1.2 Objeto de la Presentación: Consignara producto y el atributo o condición diferencial a certificar con su alcance. Indicara evaluación y aprobación del documento que corresponda: Protocolo de Calidad en Alimentos o Pliego de condiciones Facultativas para carne vacuna  para exportación a la Unión Europea.
Asimismo, si correspondiera, consulta para dictamen de factibilidad de un atributo, como base para desarrollo de protocolo y/o pliego.
1.3.Presentación y firma: Si la presentación la efectúa la Entidad Certificadora  actuante estará firmada por persona  acreditada ante este Servicio, así mismo dejara constancia de su aprobación por parte de la misma, cumpliendo los procedimientos y requisitos  aprobados por Senasa.
Si el presentante fuera un agente económico o un representante del mismo, indicara esa condición y su correspondiente identificación.
1.4.Propiedad responsabilidad: En todos los casos se indicara por cuenta y orden de quien efectúa la presentación.
1.5.Detalle de la documentación presentada: Se detallara la documentación presentada y responsable de la confección de cada documento

2.Atributo- Condición Diferencial
La condición diferencial es el objeto y base de la certificación, por lo tanto es indispensable la precisión de su marco.
Según corresponda se consideraran los siguientes indicadores que facilitaran su evaluación por parte de este servicio.

2.1 Denominación: Uso comercial a consignar en rotulo o etiqueta sirviendo además como identificación para su registro oficial.

2.2.Definición: Incluirá la mención a los aspectos diferenciales del producto y/o proceso.

2.3.Descripción: Detalle ampliatorio de la definición, que hacen a los aspectos relativos a su sustento y marco específico.

Antecedentes:Información de utilidad  para su evaluación Ej.:si es marca registrada, si cuenta con avales de Entidades privadas u oficiales, Asociaciones,etc. Material bibliográfico u otro que pueda corresponder a sus fines.

Observaciones:Las actividades obligatorias de requerimiento oficial no se consideraran como aspectos diferenciales, evitando además su mención, a excepción de que fuesen indicadores de base para ulteriores desarrollos.

3.Protocolo Operativos:

3.1.De producción, elaboración, manipuleo u otro que pudiera corresponder en relación al proceso de obtención del producto y su condición diferenciales (atributo)
3.2.Serán desarrollados por los operadores respectivos correctamente identificados, agregando nombres de los responsables, habilitaciones, etc.
             
4.Protocolos de control y Certificación:
4.1 Serán desarrollados por la Entidad Certificadora actuante.
4.2 Para el caso  de que la misma no hubiera efectuado la presentación del Protocolo o Pliego, dejara constancia de su aprobación cumpliendo con los procedimientos y requisitos aprobados por Senasa.
4.3 Contendrá claramente especificados los sistemas de control y certificación comprendiendo las distintas fases operativas (producción, elaboración, etc.) y de corresponder producto final.
4.4.Sistema de control: De acuerdo al atributo tener en cuenta aspectos como: metodología, puntos críticos, procedimientos sistemáticos y aleatorios, métodos de prueba, nomina de personal afectado a la tarea con sus funciones, tipo de control (auditoria, inspecciones, etc.) y frecuencias, control de etiqueta gestión de no conformidades etc.
4.5.Sistema de certificación: Los aspectos conceptuales como base y metodología para la emisión, modelo de certificados, firmantes acreditados, registros, archivos, manejo de información, etc.
4.6.Si por requerimientos del atributo interviene más de una Entidad Certificadora, corresponde que cada una describa  integralmente su programa de control y del proceso que certifica estableciendo la concordancia e inserción trazable con el programa general de control  

   
5.Modelo.Proyectos de rótulo o etiqueta.

Se evaluara la información relacionada con el atributo y sus conceptos principales serán los siguientes:
5.1 Consignación del atributo en concordancia con su denominación.
5.2 Identificación de la Entidad Certificadora actuante con alcances de la certificación que ampara.
5.3 Logos y/o leyendas: No deberán incluirse logos o leyendas que puedan ser confusas ó no justificadas

c-Consideraciones:
Para el caso de consultas sobre factibilidad de atributos se debe presentar la totalidad de elementos descriptos en los  puntos 1 y 2 a fin de facilitar su evaluación y posterior dictamen.
Para este caso, un dictamen de factibilidad favorable, no implica aprobación, esta podrá producirse  cuando se presente el  Protocolo de Calidad y/o Pliego con la documentación correspondiente y la misma sea aprobada por  DICA ó DNICA según corresponda.

d-Atención de costos
Los montos establecidos por Senasa serán abonados en el momento de la presentación  de la solicitud, condición indispensable para la continuidad del trámite.

e-Documentación de referencia:
1- Resolución Senasa Nº 280/01
2- Documento:” Criterios y requisitos para el etiquetado de la carne vacuna y de los productos a base de carne vacuna para exportación a la Unión Europea.” DICA-CCPOA 01/2006
3- Documento Procedimiento de Certificación por Entidades DICA-CCPOA 11/2002.

NOTA FINAL El presente lineamiento elaborado por la Coordinación  de Calidad de Producto de Origen Animal ( CCPOA )  como guía  general, pretende cumplir la función de facilitar  no solo el ordenamiento de presentación por parte de las  Empresas interesadas sino también  la evaluación por parte de la mencionada área que queda  a disposición para las consultas que se estimen pertinentes.-

Coordinación de Calidad de Productos y subproductos de Origen Animal.-
 

Solicitudes
•FO 001- SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN 280
•FO 002- SOLICITUD DE REINSCRIPCIÓN 280
•FO 003- SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN CHILE
•FO 004- SOLICITUD DE REISNCRIPCIÓN CHILE

 

 

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