Presidencia de la Nación

Revisor Externo Independiente (REI)


Procedimientos para efectuar la inscripción del REI y completar el formulario de Informe de revisión.

Recuerde que en primera instancia la solicitud de registración debe realizarla el sujeto obligado. Una vez que la UIF aprueba esta solicitud, es el propio REI quien procede a la inscripción.

Instructivo Solicitud de registración o baja del REI por parte del sujeto obligado
Instructivo Registración y elaboración de Informe de revisión por parte del REI
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