Presidencia de la Nación

Ley Orgánica de los Partidos Políticos


La Ley Orgánica de los Partidos Políticos, Ley 23.298, es la norma que garantiza a los electores/as el derecho de asociación política para agruparse en partidos políticos democráticos. En su art. 2°, la Ley señala que “Los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional”.

En este sentido, la norma establece las condiciones sustanciales para la existencia de los partidos, los requisitos para el reconocimiento de la personalidad jurídico-política, y regulación acerca de cómo pueden ser nombrados los partidos, y dónde deben establecer su domicilio.

A su vez, la Ley 23.298 estipula cómo debe ser la organización y el funcionamiento de los partidos: sus cartas orgánicas, plataformas electorales, afiliaciones, elecciones partidarias internas, símbolos y emblemas, y administración del patrimonio y recursos.

Finalmente, brinda las pautas para la caducidad y extinción de los partidos estableciendo los procedimientos que deben llevarse adelante frente a la justicia electoral.

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