Presidencia de la Nación


Con la sanción de la Ley 27.350 en 2017, que regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta cannabis y sus derivados, y su decreto reglamentario Nº 883/2020, varios organismos del Estado Nacional fuimos convocados para aportar acciones que hagan realidad la puesta en práctica de la ley.

La autoridad de aplicación de esta Ley, es el Ministerio de Salud de la Nación, y como tal, tiene la facultad y la obligación de crear las condiciones necesarias para garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios y facilitar la investigación médica y/o científica de la planta de Cannabis y sus derivados.

A través de los decretos reglamentarios 738/17 y 883/2020, el INASE fue convocado para regular las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie a efectos de permitir la trazabilidad de los productos vegetales.

En esta sección encontrarás toda la información de utilidad para que puedas entender nuestras actividades y dónde recurrir si necesitas dar respuesta a otras consultas relacionadas al cannabis medicinal.

Aviso

Suspensión temporal en las inscripciones de nuevos operadores al RNCyFS Rs.INASE N°468/2024

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