Presidencia de la Nación

Prórroga para la repatriación de bienes e ingreso del pago a cuenta por bienes en el exterior


Se dispone la prórroga al 30/04/2020 como fecha límite para la repatriación de bienes del exterior que permite la aplicación de alícuotas diferenciales en el Impuesto sobre los Bienes Personales, la fecha original venció el 31/03/2020. Asimismo, se incluyó un artículo que permite el movimiento entre las distintas opciones de inversión de los fondos repatriados, dotando de mayor flexibilidad a la herramienta.

Por otra parte, se extiende al 6/5/2020 el plazo para el ingreso del pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales que deben hacer los titulares de bienes del exterior que no realicen la repatriación del 5% de los mismos.

Normas: Decreto 330/2020
B.O.: 01/04/2020

Norma: AFIP RG 4691/2020
B.O.: 02/04/2020

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