Licitud y origen de fondos de donaciones o aportes a asociaciones civiles y fundaciones
¿Qué entidades deben presentar la DJ?
Las asociaciones civiles y fundaciones que al momento de la constitución o con posterioridad a ella reciban donaciones o aportes de terceros por importes, o su equivalente en especie, superiores a 40 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, en un solo acto o en varios actos que individualmente sean inferiores, pero que en conjunto superen esa cifra, realizados por una o varias personas relacionadas en un período no superior a los 30 días.
La presentación de la DJ se enmarca en lo establecido por el artículo 419 del Anexo A de la Resolución General N° 15/2024, dictado en el marco de las medidas que apuntan a prevenir, detectar y reportar operaciones que puedan vincularse a delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Presentación de la DJ
El trámite deberá realizarse al momento de solicitar autorización para funcionar y con cada presentación de estados contables.
La presentación se inicia a través de la planilla correspondiente. Una vez completada, deberás imprimirla y presentarla en IGJ. La declaración jurada deberá ser suscripta por el representante legal.
Además de completar la DJ, deberás generar y abonar el Formulario IGJ que acompaña la presentación. Tené en cuenta que este formulario es independiente del formulario de presentación de los estados contables.
Completá la declaración jurada.
Costo del formulario: 20 módulos.