Cuenta N° 2510/46 “Recaudación TGN”
Normativa
Disposición Conjunta CGN-TGN 1 del 2 de enero de 2020
Circular TGN N° 16/1996
e-Recauda: pagos en favor de la cuenta bancaria Nº 2510/46
Los importes que los deudores ingresen al Tesoro Nacional deberán depositarse exclusivamente en la cuenta corriente de la Tesorería General de la Nación N° 2510/46 Recaudadora T.G.N., habilitada en la Casa Central del Banco de la Nación Argentina, conforme lo expuesto en la Circular TGN 16 de fecha 10 de diciembre de 1996.
Los deudores que paguen obligaciones en favor de dicha cuenta, ya sea en cumplimiento de normas legales o reglamentarias, de ingresos no tributarios, transferencias, venta de acciones y otros activos, devolución de préstamos, reducciones presupuestarias, devoluciones de Órdenes de Pago u otros conceptos similares, deben ingresar al portal de recaudación e-Recauda.
Este canal reemplaza al sistema de Boleta Única de Ingreso (BUDI) para los pagos destinados a la Cuenta N° 2510/46 y es el único habilitado a estos fines. Por otra parte, se destaca que las transferencias entre Organismos de la Cuenta Única del Tesoro (CUT) continuarán realizándose mediante los comprobantes de gastos correspondientes.
El citado Portal cuenta con un instructivo de uso, un apartado de preguntas frecuentes y una dirección de correo electrónico para consultas que facilita la comprensión. Para contar con información adicional se sugiere consultar la Circular TGN 1/2016 y la Resolución SH 318/2015.
La gestión se inicia dentro del portal, con el ingreso de datos por parte del usuario, el cual podrá generar sus propios comprobantes de pago, pudiendo optar por un Volante Electrónico de Pago (VEP) en el caso de contar con Clave Fiscal (AFIP) para ser pagado en forma electrónica a través de un determinado canal de pago, o bien, generar una Boleta de Depósito, para posteriormente realizar el pago presencial mediante efectivo o cheque, en alguna de las entidades habilitadas. En este último caso no es necesario ingresar con Clave Fiscal (AFIP).
Se destacan como datos relevantes dentro del portal los correspondientes a:
- Entidad Receptora de los Fondos: SAF 999 Tesorería General de la Nación.
- Entidad Ordenante: El Organismo que realiza la gestión del cobro por cuenta del Tesoro Nacional o haya ordenado el pago.
Dependiendo de la Entidad Ordenante que se seleccione, se desplegarán Conceptos y Subconceptos, de los cuales el usuario deberá seleccionar el correspondiente al pago que va a efectuar, para luego completar los datos necesarios requeridos por el sistema.
Es importante mencionar que el e-Recauda cuenta con una amplia gama de Entidades Bancarias y de pago adheridas al Convenio de Recaudación con la Administración Federal de Ingresos Públicos, ampliando el espectro de la Boleta Única de Ingreso (BUDI) que sólo puede ser pagada en el Banco de la Nación Argentina.
Los usuarios que paguen con cheque mediante la Boleta de pago generada dentro del e-Recauda, deberán consultar las particularidades y condiciones de su emisión (denominación del beneficiario, titularidad del cheque, endoso, etc.) a la Entidad Bancaria que corresponda realizar su depósito, según lo pactado dentro de los convenios de recaudación que cada entidad haya celebrado con la AFIP.
No obstante, para el caso del Banco de la Nación Argentina, se ha consultado respecto de la leyenda de los endosos de los cheques, e informan que debe ser: Para ser depositado en la Tesorería General de la Nación OSIRIS 6250. En su caso debe librarse a favor del Banco de la Nación Argentina.
Contacto
Dirección de Administración de Cuentas Bancarias: [email protected]