Presidencia de la Nación

e-Recauda


El sistema e-Recauda tiene como objetivo permitir a un deudor, o bien a un Organismo del Estado Nacional, cumplimentar una obligación no tributaria, mediante el acceso a un Portal único de Recursos de la Administración Pública, representada en los distintos Ministerios u Organismos que la componen.

La gestión consistirá en capturar información brindada por el usuario, a partir del cual le permitirá generar sus propios comprobantes, optando por generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) para posteriormente ser pagado en forma electrónica a través de una determinada entidad de pago, un QR para su pago a través de las billeteras electrónicas habilitadas o bien una Boleta para su pago presencial en las entidades habilitadas.

La gestión se inicia desde la aplicación WEB del e-Recauda realizada por el propio Contribuyente/Deudor, o por un intermediario o representante de este. Se accede mediante CUIT/CUIL y clave fiscal.

Sitio web e-Recauda

Descargar guía de usuario e-Recauda

e-Recauda para organismos

Aquellos Organismos que manifiesten su voluntad de adherirse al e-Recauda para su propia recaudación, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º de la Resolución SH 318/2015, deberán remitir una Nota a la Tesorería General de la Nación (Modelo 1), informando las Cuentas Bancarias Recaudadoras (Denominación, CBU y CUIT) involucradas.

Seguidamente, la TGN y el SAF solicitante tomarán contacto para analizar las particularidades de sus gestiones y, en función de ello avanzar con las tareas que permitan establecer el cronograma del despliegue solicitado.

Una vez cumplidos los pasos anteriores, deberán suscribir el Convenio de Adhesión al Sistema de Recaudación OSIRIS, conforme lo manifiesta el artículo 4º de la citada norma.

Para suscribir el mencionado Convenio, se ha de cumplimentar con la Disposición 1 del 2 de marzo de 2021 de la Tesorería General de la Nación, que en su artículo 1° aprueba el modelo del Acuerdo para la adhesión de organismos de la Administración Pública Nacional al Convenio suscripto entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Secretaría de Hacienda. Recaudación de ingresos no tributarios a través del sistema de recaudación OSIRIS.

Asimismo, en su artículo 2°, establece el Procedimiento para la adhesión de los organismos de la Administración Pública nacional al convenio suscripto entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Secretaría de Hacienda. Recaudación de ingresos no tributarios a través del sistema de recaudación OSIRIS.

En el caso de haber ingresado al e-Recauda, y necesitar posteriormente adherir una o más cuentas, el SAF deberá remitir por GDE, a través del módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO), una Nota invocando el convenio suscripto celebrado oportunamente y solicitando la adhesión de la/s nueva/s cuenta/s.

Normativa

Disposición TGN 1/2021

Contacto

Dirección de Administración de Cuentas Bancarias: 4349-6460/67/68/80
(lunes a viernes de 10 a 17 hs.)

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