Suspensión del otorgamiento de nuevos beneficios
Ley N° 23.658
Ley de Promoción Industrial
BO.10/1/89
Síntesis
Por la presente ley se suspendió, hasta tanto entren en vigor los decretos reglamentarios de la Ley 23.614, el otorgamiento de nuevos beneficios de carácter promocional para proyectos industriales contenidos en las disposiciones de las Leyes Nros. 21.608, 22.021 y sus modificatorias, en todos aquellos aspectos que resulten de aplicación exclusivamente a las actividades industriales aún cuando dicho otorgamiento contenga las restricciones establecidas por la Ley 23.614.
No resultan alcanzados por la presente suspensión el otorgamiento de beneficios contenido en los Decretos Nros. 515 y 964 de fechas 2 de abril de 1987 y 4 de agosto de 1988 respectivamente.