Presidencia de la Nación

Haberes


Los haberes de retiro están regulados por la Ley para el Personal Militar Ley 19.101.,
Capítulo V - Haber de Retiro.

Trámites que realiza esta División para el personal Retirado/Baja:

  • Cómputo de Servicios – Suplemento por Antigüedad de Servicios.

  • Faltante para completar el ALTA ante IAF para el cobro de haberes.

  • Diligenciamiento de Compensación por Cambio de Destino (CCD), solicitada luego de efectivizado el RETIRO.

Para más información, comuníquese al correo electrónico: [email protected]

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