Procedimiento para credencial para uso de armas particulares
Instructivo para la obtención de credenciales para el uso de armas particulares.
Dirigido a personal militar en situación de retiro efectivo.
Procedimiento a seguir para la tramitación de la documentación relacionada con la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC):
- Credencial de legítimo usuario.
- Tenencia.
- Libreta de control consumo de munición.
- Chaleco antibala.
- Máquina de recarga.
- Portación.
1. Inicio de los trámites:
- Confeccionar formulario del Apéndice Nº 2, solicitando las credenciales que correspondan.
- Presentarlo personalmente en la División Ley de Armas de la Dirección de Armas y Electrónica Naval para certificación de firma (*) o enviarlo por correo (**) A:
Dirección de Armas y Electrónica Naval - División Ley de Armas.
Comodoro Py 2055 - Piso 7 - Oficina 10.
(C1104BEA) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
(*) Entrega personal:
Certifica Oficial a Cargo de la División Ley de Armas.
(**) Envió postal:
Certifica Autoridad Naval, Juez de Paz, Autoridad Policial o Escribano Público.
2. Intervención de la Dirección de Personal de la Armada:
Procedimiento interno:
A) DIAE solicita a DIAP analizar los antecedentes personales y militares del peticionante, de acuerdo con lo requerido en el Art. 53 – inc. 2° Decreto PEN 395/75
B) DIAP informa a DGPN si el peticionante tiene alguna observación que impida la continuidad del trámite. (Disposición DGPN 38/17).
C) DGPN comunica a DIAE: “con o sin observaciones”. “Sin observaciones” permite continuar con el trámite para la obtención de las credenciales.
D) Tiempo estimado desde la recepción de la documentación en DIAE de acuerdo con lo descripto en punto 1) al punto 2. c): 60/90 días.
El solicitante podrá contactarse con la División Ley de Armas de la (DIAE), a efectos recibir información sobre el estado de su Trámite A:
TE: (+54 11) 4317-2000 Interno 3424 / SICO: 3424 / Correo electrónico: [email protected]
3. Estudios físicos y psíquicos (trámite particular):
Obtenida la autorización para continuar con el trámite:
A) Completar e imprimir el formulario SIGIMAC que consta de cuatro (4) hojas con los datos personales y el domicilio registrado en su DNI a través de la página
B) Para el certificado psicofísico, solicitar turno con los profesionales médicos, psicólogos o psiquiatras empadronados en la página de la ANMaC
C) Llevar, al momento del estudio, las hojas Nº 2, N° 3 y N° 4 del formulario SIGIMAC. El profesional debe firmar y colocar el sello en el certificado psicofísico de la hoja N° 2 y retendrá las hojas N° 3 y N° 4.
D) Los formularios tienen 60 días de validez.
4. Documentación a entregar en la División Ley de Armas (DIAE):
A) Formulario impreso - hoja Nº 1 SIGIMAC.
B) Certificado psicofísico – Hoja Nº 2 SIGIMAC – no debe superar los 45 DÍAS desde la fecha de certificación del profesional médico / psicólogo.
C) Fotocopia del DNI ambos lados.
D) Fotocopia del último recibo de haberes.
E) Estampillas - según el trámite- de acuerdo con los montos establecidos por la ANMaC.
F) Certificado de idoneidad en el manejo de armas de fuego contenido en la hoja N°1 del SIGIMAC.
Debe estar firmado por personal habilitado (Punto 3.b).
No debe superar los 45 días de la fecha de certificación al momento de presentación.
G) Certificado de reincidencias que se tramita a través de la página
No debe superar los 45 días de la fecha de certificación al momento de presentación.
5. Tramitación de la documentación con la ANMaC:
A) La totalidad de la documentación descripta en el punto 4, será verificada por DIAE y entregada en la ANMaC para la gestión de las credenciales solicitadas.
B) Cumplimentada la gestión por la ANMaC, (DIAE) retira las credenciales y las entrega a los usuarios.
C) Tiempo estimado: 60 / 90 días.