Presidencia de la Nación

Sobre las inspecciones


Objetivos

1.Tomar conocimiento de las actividades del responsable de la base de datos, los datos personales que administra, los medios y la forma en que lo hace.
2. Verificar que el responsable de la base de datos adopte las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales.
3. Evaluar el grado de cumplimiento a lo prescripto por la Ley 25326.
4. Realizar observaciones.

Alcance de la inspección

  • Legalidad de los datos que posee y gestiona: licitud en la recolección de los datos e inscripción actualizada en el Registro Nacional de Bases de Datos.
  • Idoneidad de los medios empleados en el tratamiento de los datos y en toda gestión anexa (software, diseño de sistemas, atención a usuarios, legales, corrección de errores, etc.).
  • Correcto tratamiento de los datos personales: almacenamiento, ejercicio de los derechos que acuerda la ley a los titulares de los datos, cesión a terceros, transferencia internacional, contratos de prestación de servicios de tratamiento de datos por o para terceros.
  • La publicidad y formas de comunicación hacia terceros que realiza y que involucre a los datos personales de los que es responsable.

Recomendaciones básicas para una inspección

  • Completar el formulario de inspección (Disposición DNPDP N5/2008) de acuerdo al instructivo.
  • Encontrarse al día con la inscripción y renovación de los archivos en el Registro de Bases de Datos de la PDP.
  • Adoptar medidas de seguridad técnicas y organizativas teniendo en cuenta las recomendaciones establecidas por la Resolución AAIP N° 47/18.
  • Tener una política de privacidad de la entidad, que incluya un procedimiento para responder en tiempo y forma el ejercicio de los derechos del titular del dato.
  • Dar adecuada y fluida respuesta a los requerimientos que haya recibido de la PDP (poseer un procedimiento y organismo/sector designado como interlocutor).


Leé el instructivo, completá el formulario de inspección y remitilo a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública, en forma previa a la inspección.

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