Presidencia de la Nación

Entidades de Medicina Prepaga


Son los ciudadanos adheridos que contratan voluntariamente, mediante pagos de manera individual o corporativa a las entidades comprendidas en los Artículos 1º y 2º de la Ley N° 26.682 - Marco Regulatorio de Medicina Prepaga-

En este sentido, se incluyen también aquellos quienes en forma voluntaria solicitan su incorporación a los planes de salud de adhesión voluntaria o complementarios por mayores servicios que comercialicen las Obras Sociales contemplados en las Leyes N° 23.660 y N°23.661.

Scroll hacia arriba