Presidencia de la Nación

Movimientos


Según lo establece la Resolución ex SAGPYA 356/2008, el tránsito o movimientos de mercancías (especies animales, material apícola vivo, material reproductivo de animales, productos, subproductos y derivados de origen animal) en el territorio de la República Argentina debe efectuarse con el debido amparo documental en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) desarrollado por el Senasa.

Para todo productor que posee RENSPA y quiera realizar un movimiento de animales vivos provenientes de la acuicultura entre establecimientos de producción primaria o hacia frigorífico, debe estar amparado por un Documento de Transito Electrónico (DT-e). El mismo se tramita en la oficina local del Senasa con la credencial donde figura el número de Renspa del establecimiento o virtualmente mediante autogestión.

Para conocer más detalles de cómo realizar el trámite, se puede consultar en la página web: Solicitud del documento de tránsito DT-e así como en el micrositio DT-e.

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