Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes de ANMaC


¿Qué tengo que hacer si quiero registrar un arma de fuego?

Deberás solicitar la Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego –CLUSE- (un requisito obligatorio para cualquier tipo de actividad relacionada con el uso de armas) y la de Tenencia de Armas. Estos trámites se hacen en forma conjunta.

¿Las credenciales de Legítimo Usuario y Tenencia de Armas tienen vencimiento?

La credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego tiene una vigencia de cinco años y debe renovarse dentro de los noventa días anteriores a su vencimiento.
Las tenencias, en cambio, tienen carácter de título sobre el arma y sólo caducan si no se renueva la credencial de Legítimo Usuario en término.

¿Cómo se debe transportar un arma?

Debe transportarse descargada y separada de sus municiones, en su caja, funda o envoltorio, disimulando su contenido, no adosada al cuerpo (en pistoleras o sobaqueras) o en bolsillos. Para el traslado deberás contar con la CLU vigente, la credencial de tenencia o portación y tu documento de identidad.

No tengo armas, pero quiero usar una prestada. ¿Qué tengo que hacer?

Para poder usar armas de terceros deberás tener la credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego a tu nombre, ya que la normativa vigente solo autoriza el préstamo de armas entre legítimos usuarios. También deberás tener en tu poder la credencial de tenencia del arma.

¿Qué debo hacer con armas heredadas?

Tenés que declararlas ante ANMAC y regularizar la tenencia. Dicha tenencia puede ser solicitada por uno de los herederos o por un tercero (en el caso de que decidieran venderla, cederla, etc.). Si el arma no estuviera registrada en la ANMaC deberás solicitar su reempadronamiento. Ambos trámites se realizan en forma conjunta.

¿Qué debo hacer con credenciales otorgadas por otro organismo?

Las credenciales vigentes son aquellas que otorgamos en la ANMaC. Si tenés otro tipo de credencial (Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policía Federal o Provincial), deberás solicitar una nueva ante este organismo.

¿Qué tengo que hacer si pierdo o me roban mi arma?

Hacé la denuncia ante la policía o autoridad pertinente y ratificala ante ANMaC, dentro de las 48 horas de la pérdida o el robo.

¿Qué debo hacer si pierdo o roban alguna de mis credenciales?

Podrás solicitar un duplicado de tu credencial, previa denuncia ante la policía o autoridad pertinente, dentro de las 48 horas de producida la pérdida o el robo.

¿Cómo doy de baja un arma?

Debés entregarnos el arma en alguna de nuestras delegaciones. Te emitiremos una constancia de entrega y registraremos la baja del arma en tu legajo de usuario. Tené en cuenta que este trámite es gratuito.

También podés hacer la entrega ante la autoridad local de fiscalización o en los registros provinciales y sus dependencias, y tramitar la baja con nosotros, presentando la constancia de entrega.

¿Cómo sé si estoy pagando de más por un trámite?

Para confirmar que el importe que vas a pagarle a un tercero para realizar tu trámite ante nuestro organismo es el correcto, tené en cuenta que hay en dos tipos de costos:

  1. Aranceles oficiales de la ANMaC.
  2. Costo de otros servicios.

1. Aranceles oficiales de la ANMaC

Los podés controlar de la siguiente manera:
a) En las instrucciones del trámite que vas a realizar, te indicamos los formularios a utilizar con sus respectivos aranceles y el costo final del trámite.

Trámites de Armas
Trámites de Explosivos, pólvoras y afines

b) También podés consultar el valor de los formularios que requiere tu tramitación, ingresando en el enlace de Precios de Formularios Ley Aranceles Materiales Controlados. Aranceles Pólvoras, Explosivos, Pirotecnia y afines.

2. Costo de otros servicios

Si optás por autorizar a un tercero a que realice tu trámite directamente ante nuestro organismo, nuestras Delegaciones o Repares, tené en cuenta que la diferencia entre el valor de los aranceles y el monto que te soliciten no está sujeto a regulación por parte nuestra. Esto significa que el costo final de tu trámite puede variar según quien se ocupe de gestionarlo.

¿Tengo que registrar las armas de aire comprimido?

No, las armas de aire comprimido no necesitan ninguna autorización por nuestra parte. Para mayor información, podés ver la Ley 24.703.

¿Puedo utilizar munición de punta hueca?

No. La munición de proyectil expansivo (con envoltura metálica sin punta y con núcleo de plomo hueco o deformable), de proyectil con cabeza chata, con deformaciones, ranuras o estrías capaces de producir heridas desgarrantes, es material de uso prohibido para toda otra actividad que no sea la de caza o tiro deportivo. Podés consultar el Inciso 4° del Anexo I al Decreto 395/75.

¿Qué hago si encuentro un arma?

Lo primero que tenés que hacer es tomar las precauciones necesarias para evitar accidentes, dado que el arma puede estar cargada. Luego, deberás dar aviso a la comisaría más cercana para que intervenga en el hecho.


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