Presidencia de la Nación

Dirección Nacional de Dictámenes


La Dirección Nacional de Dictámenes elabora los proyectos de dictámenes a ser suscriptos por el Procurador del Tesoro de la Nación, en ejercicio de su función de asesorar jurídicamente al Poder Ejecutivo Nacional y demás organismos estatales nacionales.

Tiene a su cargo el sostener la jurisprudencia administrativa que surge de los dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación, que es de aplicación obligatoria para los servicios jurídicos que forman parte del Cuerpo de Abogados del Estado, cuya Dirección ejerce el Procurador del Tesoro de la Nación.

Asimismo, tramita los reclamos por conflictos interadministrativos pecuniarios que se verifican entre organismos de la Administración Pública Nacional y elabora los proyectos de resoluciones que los dirimen.

Autoridades

Director Nacional de Dictámenes

Dr. Martín CORDINI JUNCOS

Subdirector Nacional de Dictámenes

Dr. Juan Santiago YLARRI

Competencias y Funciones

Responsabilidades Primarias

Asistir al Procurador del Tesoro de la Nación en el asesoramiento jurídico al PODER EJECUTIVO NACIONAL y demás organismos y entidades que integran el Sector Público Nacional y en la política de determinación de los criterios del Órgano Rector, en materia de interpretación y aplicación normativa, obligatorios para todos los integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado, proveyendo a la aplicación efectiva y uniforme del ordenamiento jurídico.

Acciones
  1. Determinar los criterios de la Procuración del Tesoro de la Nación en materia de interpretación y aplicación de toda la normativa que rige en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y demás organismos y entidades integrantes del Sector Público Nacional, y supervisar que los servicios jurídicos integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado ajusten sus criterios a la doctrina que emana del órgano Rector.
  2. Brindar asesoramiento experto en materia de derecho administrativo, constitucional, tributario, Administración Pública, entre otras disciplinas jurídicas, requerido por el Poder Ejecutivo, Banco Central y demás organismos y entidades integrantes del Sector Público Nacional, y definir los criterios que rigen en materia de aplicación e interpretación de Tratados y Acuerdos internacionales.
  3. Asesorar, como Oficina Técnica de Derecho Administrativo, en todo proyecto de modificación y/o creación de normas legales o reglamentarias; elaborar proyectos de leyes, reglamentos y actos administrativos que le sean requeridos y proponer las modificaciones necesarias para resolver los problemas de técnica legislativa y/o falencias normativas que detecte.
  4. Tramitar el procedimiento y proponer la solución de los conflictos interadministrativos, proyectando los actos administrativos que correspondan de acuerdo a los montos involucrados y a los funcionarios competentes para resolverlos.
  5. Evaluar las propuestas de designación y contratación de profesionales para integrar el Cuerpo de Abogados del Estado, y asesorar a las Universidades Nacionales en cuestiones jurídicas complejas, en el marco del Convenio celebrado con el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
  6. Efectuar la evaluación legal y determinar el criterio jurídico definitivo en los recursos jerárquicos contra decisiones del Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Secretarios de la Presidencia de la Nación, de alzada y en los demás recursos y reclamos en que sea requerido por los funcionarios correspondientes.
  7. Formular la opinión legal en el proceso de perfeccionamiento de convenios económicofinancieros en los que el Estado Nacional es parte o garante.
  8. Ejercer las funciones del Procurador y Subprocuradores del Tesoro de la Nación como reemplazante, en los casos de impedimento, ausencia, recusación o excusación.

Contacto: [email protected]

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