Presidencia de la Nación

Mejoras en el sistema de prevención de lavado de activos

Sujetos obligados ante la UIF podrán solicitar declaraciones juradas impositivas a sus clientes. La Resolución General 5125 es el resultado del trabajo en conjunto entre la AFIP y la UIF.

Con el objetivo de mejorar el esquema de prevención de lavado de activos y optimizar las herramientas de control para frenar los flujos financieros ilícitos, los sujetos obligados a informar conductas o actividades sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF) podrán solicitar a sus clientes declaraciones juradas impositivas.

Tras el trabajo en conjunto, la Resolución General 5125 de la AFIP rehabilitó esta posibilidad que se encontraba bloqueada desde 2016. En ese año, se había dictado una normativa que tenía como objetivo incentivar el blanqueo de capitales y, en ese marco, los sujetos obligados ante la UIF debían “abstenerse de pedir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales”.

Así, la medida publicada por la AFIP en el Boletín Oficial fortalece las herramientas de control que habían sido desarticuladas durante el Gobierno anterior. La decisión refuerza la capacidad de abordaje de los flujos financieros ilícitos en el marco de los estándares internacionales. La medida permite al Estado articular mecanismos de control.

Con esta modificación, entidades financieras, empresas aseguradoras, firmas dedicadas al transporte de caudales, intermediarias registradas ante la CNV, entre otros, están habilitadas a solicitar a sus clientes las declaraciones juradas impositivas, tal y como funcionaba antes de 2016.

La ley de prevención de lavado de activos detalla quiénes son los sujetos obligados a informar ante la UIF las conductas o actividades de las personas o sociedades a través de las cuales puede inferirse la existencia de una situación atípica que pueda configurar un hecho u operación sospechosa de lavado de activos o financiación de terrorismo. Se trata de entidades financieras, aseguradoras, firmas intermediarias registradas ante la CNV y compañías dedicadas al transporte de caudales, entre otros.

La normativa define la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio. Así, cada contribuyente decide, en el marco de su relación contractual, aceptar la solicitud y aportar sus declaraciones juradas impositivas.

La Ley 25.426 de prevención de lavado de activos especifica también que los sujetos obligados a informar a la UIF deben guardar secreto, por lo tanto las declaraciones juradas también se encuentran amparadas la confidencialidad.

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