Presidencia de la Nación

Resolución 543 / 2008

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO


COMERCIO EXTERIOR

EXPORTADORES DE GRANOS Y/O SUS DERIVADOS - REQUISITOS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 30-Mayo-2008
Resumen:

ESTABLECENSE LOS REQUISITOS A QUE DEBERAN SUJETARSE LOS EXPORTADORES DE GRANOS Y/O SUS DERIVADOS, QUE SOLICITEN SU INSCRIPCION EN EL “REGISTRO DE DECLARACIONES JURADAS DE VENTAS AL EXTERIOR”, DENOMINADO “R.O.E. VERDE”, AL QUE SE REFIERE LA LEY Nº 21.453.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 12 DE LA RESOLUCION CONJUNTA 4, 7 Y 7 DEL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS Y MINISTERIO DE PRODUCCION, RESPECTIVAMENTE, B.O. 29/12/2015, PAGINA 42.

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