Resolución 134 / 2021
SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Decreto 4238 / 1968
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 26-Ago-1968 |
Descripción
REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMALAPRUEBASE EL REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE DECRETO Y QUE REGIRA EN TODOS LOS ASPECTOS HIGIENICOS-SANITARIOS DE ELABORACION E INDUSTRIALIZACION DE LAS CARNES,SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS, Y DE TODO PRODUCTO DE ORIGEN ANIMAL, COMO ASIMISMO LOS REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION E INGENIERIA SANITARIA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DONDE SE SACRIFIQUEN E INDUSTRIALICEN.
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Normativa / Número
Resolución 275 / 1972
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (SENASA) |
Fecha publicación 03-Ene-1973 |
Descripción
PLAYAS DE LAVADO Y DESINFECCION DE VEHICULOS - HABILITACIONLAS PERSONAS O FIRMAS PROPIETARIAS DE COMERCIOS DEDICADOS A LA EXPLOTACION DE PLAYAS DE LAVADO Y DESINFECCION DE VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE GANADO, DEBERAN PROCEDER A SU HABILITACION ANTE LA DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO DE LUCHAS SANITARIAS ANIMALES (SELSA) EN LAS CONDICIONES QUE SE ESTABLECEN.
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Normativa / Número
Resolución 917 / 1981
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (SENASA) |
Fecha publicación 09-Nov-1981 |
Descripción
GANADO- TRANSPORTE AUTOMOTORLOS CONDUCTORES DE LOS MISMOS, CONCURRENTES AL MERCADO NACIONAL DE HACIENDA DE BERAN LUEGO DE EFECTUADA LA DESCARGA DE ANIMALES, PROCEDER AL LAVADO Y DESINFECCION DE LA UNIDAD AUTOMOTOR EN LO LAVADEROS HABILITADOS QUE SE HALLEN EN UN RADIO DE 100KM. DENTRODE LAS 12 HORAS SUBSIGUIENTES, DE ACUERDO CON LAS CONDI CIONES ESTABLECIDAS EN LA RES. MTRIAL. Nº 703/71 Y DE ESTE SERVICIO NACIONAL 275/72.
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Normativa / Número
Resolución 809 / 1982
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (SENASA) |
Fecha publicación 15-Oct-1982 |
Descripción
ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS - LAVADO Y DESINFECCIONTODO VEHICULO QUE SE UTILICE EN FORMA PERMANENTE O TRANSITORIA PARA EL TRANSPORTE DE GANADO EN PIE, DEBERA SER LAVADO Y DESINFECTADO EN ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS POR SER EL SERVICIO DE LUCHAS SANITARIAS (SELSA), DEPENDIENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL.
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Normativa / Número
Resolución 289 / 1996
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (SENASA) |
Fecha publicación 21-Mayo-1996 |
Descripción
CARGA O DESCARGA DE ANIMALESIMPLEMENTASE LA OBLIGATORIEDAD DEL LAVADO Y DESINFECCION DE LA TOTALIDAD DE LOS CAMIONES DE TRANSPORTE DE HACIENDA EN PIE QUE OPERAN EN EL MERCADO DE LINIERS S.A. EN CARGA O DESCARGA DE ANIMALES.
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Normativa / Número
Resolución 810 / 2009
SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA |
Fecha publicación 30-Oct-2009 |
Descripción
CERTIFICADO UNICO DE LAVADO Y DESINFECCION DE VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOSAPRUEBASE EL CERTIFICADO UNICO DE LAVADO Y DESINFECCION DE VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS.
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Normativa / Número
Resolución 238 / 2013
SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA |
Fecha publicación 30-Mayo-2013 |
Descripción
CERTIFICADO UNICO DE LAVADO Y DESINFECCION - REESTABLECESE VIGENCIA Y MODIFICACION RESOLUCION 810/09CERTIFICADO UNICO DE LAVADO Y DESINFECCION. RESOLUCION N° 810/2009. MODIFICACION. SE RESTABLECE, A PARTIR DE LOS NOVENTA (90) DIAS CORRIDOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA PRESENTE, LA VIGENCIA DE LA RESOLUCION Nº 810 DEL 23 DE OCTUBRE DE 2009 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, COMO ASI TAMBIEN, LA VIGENCIA DEL CERTIFICADO UNICO DE LAVADO Y DESINFECCION (CULYD) DE VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS, APROBADO POR LA MENCIONADA RESOLUCION. SE SUSTITUYEN LOS ARTICULOS 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8° Y 9° DE LA RESOLUCION Nº 810 DEL 23 DE OCTUBRE DE 2009 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. ABROGASE LA RESOLUCION Nº 778 DEL 27 DE OCTUBRE DE 2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
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Normativa / Número
Ley 27233
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 04-Ene-2016 |
Descripción
SANIDAD DE LOS ANIMALES Y VEGETALESSE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA SANIDAD DE LOS ANIMALES Y LOS VEGETALES, ASI COMO LA PREVENCION, EL CONTROL Y LA ERRADICACION DE LAS ENFERMEDADES Y DE LAS PLAGAS QUE AFECTEN LA PRODUCCION SILVOAGROPECUARIA NACIONAL, LA FLORA Y LA FAUNA, LA CALIDAD DE LAS MATERIAS PRIMAS PRODUCTO DE LAS ACTIVIDADES SILVO-AGRICOLAS, GANADERAS Y DE LA PESCA, ASI COMO TAMBIEN LA PRODUCCION, INOCUIDAD Y CALIDAD DE LOS AGROALIMENTOS, LOS INSUMOS AGROPECUARIOS ESPECIFICOS Y EL CONTROL DE LOS RESIDUOS QUIMICOS Y CONTAMINANTES QUIMICOS Y MICROBIOLOGICOS EN LOS ALIMENTOS Y EL COMERCIO NACIONAL E INTERNACIONAL DE DICHOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS.
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Normativa / Número
Decreto Reglamentario 776 / 2019
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 20-Nov-2019 |
Descripción
LEY 27233 - SU REGLAMENTACIONAPRUEBASE LA REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 27.233.
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Normativa / Número
Resolución 313 / 2020
SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA |
Fecha publicación 17-Abr-2020 |
Descripción
FORMULARIO DE DECLARACION JURADAFORMULARIO DE DECLARACION JURADA - REEMPLAZA EL CERTIFICADO UNICO DE LAVADO Y DESINFECCION DE VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS (RESOLUCION N° 810 DEL 23 DE OCTUBRE DE 2009 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA) SOLO EN LOS CASOS DE AUSENCIA DE LAVADEROS HABILITADOS EN FUNCIONAMIENTO EN LA LOCALIDAD DE ORIGEN”. EXCEPCION. Y OTRO.
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