Régimen sumarial: ampliación de casos para solicitar procedimiento abreviado
Se publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución UIF 129/2024 que establece un procedimiento abreviado extensivo a aquellos sumarios en los que ya se haya solicitado el acogimiento al procedimiento abreviado aprobado en la Resolución UIF 90/2024.
La normativa que comienza a regir hoy se aplica a las sanciones previstas en el Capítulo IV de la Ley 25.246 y modificatorias y sustituye el artículo 1º de la Resolución UIF 90/2024.
Entre las principales novedades que introduce esta regulación, se amplía la posibilidad de acogerse al procedimiento abreviado a aquellos casos en los que se detecte un incumplimiento total o parcial a las obligaciones establecidas en el artículo 21 de la Ley 25.246 y modificatorias.
Además, establece un plazo de diez días para aceptar la liquidación, pagar y comprometer la subsanación de los incumplimientos y requiere firma conjunta con un Revisor Externo del informe de subsanación. Para hacerlo, el sujeto obligado deberá seleccionar un Revisor Externo Independiente entre los inscriptos ante la UIF o proponer uno que cumpla con los requisitos de la Resolución UIF 67/2017 y sus modificatorias, o la norma que la reemplace.
En el caso de los sumarios que hoy están en trámite, el sujeto obligado y los miembros de su órgano de administración sumariados podrán solicitar la liquidación de cargos, siempre que se comunique dentro del plazo de 90 días a partir del día de la fecha.
Los sumarios iniciados con anterioridad al 19 de agosto de 2024, fecha de entrada en vigencia de la Resolución UIF 129/2024, se regirán por las disposiciones de la Resolución UIF 111/12, a excepción de lo dispuesto en las cláusulas Transitorias 1° y 2° del Capítulo III del Anexo I de la Resolución UIF 129/2024 en relación con la aplicación del procedimiento abreviado.
La resolución sancionatoria no generará antecedentes ni podrá ser computada para reincidencia, siempre que no se vuelva a cometer una infracción en el plazo de tres años desde su dictado.
Acceso a Resolución UIF 129/2024