Presidencia de la Nación

Gran Invalidez


Se considera que un trabajador se encuentra en situación de Gran Invalidez cuando tiene una Incapacidad Laboral Permanente Total y necesita la asistencia continua de otra persona para realizar los actos elementales de la vida (artículo 17 Ley 24.557).

Quienes se encuentren en esta situación, percibirán una prestación mensual.

Dicho importe y sus actualizaciones deberán abonarse a todos los casos con Gran Invalidez, independientemente de la fecha de ocurrencia del evento dañoso.

Actualización del monto de la prestación dineraria por Gran Invalidez:

Vigencia Monto mensual
Enero 2025 $566.184,61
Febrero 2025 $581.471,60
Marzo 2025 $594.322,12

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