Presidencia de la Nación

Promoción de grados


El Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud homologado por el Decreto N° 1133/09 y modificatorios, prevé el Régimen de Carrera que alcanza al personal de la Planta Permanente. El mismo comprende la promoción en las Categorías y Grados, dentro de los Agrupamientos establecidos en el mencionado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.

El progreso en forma horizontal consiste en la promoción a los grados habilitados para la carrera, reflejo de un mayor perfeccionamiento y desempeño satisfactorio. La carrera prevé 10 grados ordinarios, comenzando por el inicial (CERO) y la asignación de grados extraordinarios para que quienes hayan alcanzado el máximo de su categoría puedan seguir progresando en la carrera horizontal.
La Promoción de Grado exige la acreditación simultánea de dos requisitos exigibles: Calificaciones no inferiores a ALCANZÓ en las Evaluaciones de Desempeño Laboral, y una determinada cantidad de créditos de capacitación (de acuerdo a su categoría de revista).
Conocer el proceso que comprende a la promoción de grado y la normativa que lo regula, permite garantizar una gestión eficaz, objetiva y efectiva en la Carrera del Personal.

Guía de Promoción de Grado

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