Autoridades educativas de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
El artículo 121 de la LEN establece los deberes que deben llevar a cabo los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El artículo 121 de la LEN establece los deberes que deben llevar a cabo los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.