Validez Nacional de Títulos
De acuerdo al artículo 115° inciso “g” de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación, tiene como función el otorgamiento de la validez nacional de los títulos y certificados de estudios.
¿Qué es la validez nacional?
Por un lado, constituye un atributo de los títulos y certificados de estudios mediante el cual ese documento puede ser presentado en cualquier lugar del territorio nacional y ante cualquier persona y debe ser reconocido como un documento con validez educativa.
Por otro lado, la validez nacional constituye un instrumento de política educativa que tiene por objeto unificar el Sistema Educativo Nacional, y garantizar que todas las ofertas educativas existentes en el país, de todos los niveles, cumplan con los contenidos mínimos indispensables que posibiliten que las y los estudiantes de cualquier escuela de nuestro territorio, adquieran una educación equitativa y de calidad.
Para que los certificados de estudios que emiten las escuelas tengan validez nacional, la máxima autoridad educativa de la jurisdicción (Caba y las provincias), deberá tramitar ante la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios el otorgamiento de la misma.