Transparencia proactiva
La transparencia proactiva es toda aquella información que los sujetos obligados divulgan de manera voluntaria, más allá de las obligaciones que estipula la normativa vigente.
Informes de gestión
La Superintendencia de Servicios de Salud publica anualmente su Informe de Rendición de Cuentas de Gestión.
Estadísticas
Accedé a información sobre indicadores de gestión.
Distribución mensual de SANO por Agente del Seguro de Salud
Estadísticas de beneficiarios de Agentes del Seguro de Salud por provincia
Estadísticas de beneficiarios por Agente del Seguro de Salud
Estadística grafica de beneficiarios por tipo de régimen
Planificación estratégica
Accedé al Plan Estratégico de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Políticas estratégicas
Nuestras políticas se basan en tres pilares fundamentales para el desarrollo y fortalecimiento de nuestro Organismo:
I. Perfeccionamiento de la fiscalización, control y sostenibilidad del sistema.
La Superintendencia de Servicios de Salud lleva adelante un reordenamiento del Sistema Nacional del Seguro de Salud con el fin de volver a cumplir con su función principal: fiscalizar a los Agentes del Sistema de Salud.
Con este objetivo, el organismo:
· Audita entre dos y tres Obras Sociales semanalmente.
· Intervino distintas Obras Sociales que presentaban incumplimientos administrativos, financieros y prestacionales. En muchos casos no brindaban prestaciones y recibían subsidios millonarios de parte del Estado Nacional.
· Comenzó a exigir a las Prepagas la presentación de información y documentación que eran obligatorias y hasta comienzo del año 2024 no se habían presentado: balances al día, contratos con Obras Sociales, contratos con prestadores y verificación de cartillas, entre otras cosas. De más de 600 prepagas hay 280 con algún tipo de incumplimiento administrativo.
· Se dieron de baja 58 entidades de medicina prepaga que figuraban inscriptas, pero no funcionaban como tal.
· A través de la Resolución 711/2024, la Superintendencia incrementó las sanciones a las Obras Sociales y Empresas de Medicina Prepaga. Esto ayuda a lograr mayor transparencia y eficiencia operativa.
II. Potenciamiento del acceso y calidad de los servicios de los beneficiarios
-Con el objetivo de brindar libertad de elección a los beneficiarios e impulsar la libre competencia entre los distintos Agentes del Seguro de Salud, el Gobierno Nacional desreguló el sistema de salud con el DNU 70/23 y sus reglamentaciones, Decretos 170/2024, 171/2024 y 172/2024.
Los cambios establecidos permiten que los beneficiarios puedan elegir una Obra Social o una Entidad de Medicina Prepaga derivando los aportes directamente, sin intermediarios.
Los beneficiarios pueden ejercer el derecho de libre elección mediante la opción de cambio desde el inicio de su contratación, ya no están obligados a permanecer por 12 meses en la obra social de su actividad.
Estas medidas impulsan la libre competencia entre las distintas entidades que forman parte del sistema, lo que genera mayor y mejor oferta en la calidad de los servicios prestacionales que reciben los beneficiarios.
-Mediante la Resolución 711/2024 se simplificó el proceso de reclamo de los beneficiarios por incumplimientos de los Agentes del Seguro. Esto acorta los tiempos de resolución del reclamo lo que contribuye a una mejora continua de la calidad de servicios y atención que brinda el organismo.
-Mediante la Resolución 3284/2024 la Superintendencia determinó que, a partir del 1 de diciembre, todas las entidades comprendidas en el Artículo 1 de la Ley 26.682 (Entidades de Medicina Prepaga) que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS). Esta resolución contribuye efectivamente a una mayor oferta de opciones para que el beneficiario pueda elegir cualquier Agente de Salud, sin necesidad de intermediar con ninguna otra entidad.
III. Fortalecimiento del desarrollo institucional del organismo.
Recuperar el rol fiscalizador es el objetivo central de esta gestión. Para eso trabajamos en mejorar procesos y reorganizar las estructuras de trabajo para alcanzar mayor eficiencia y mejora en los servicios.
En este sentido el organismo:
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Dejó de tercerizar el call center, brindando el servicio de atención a los beneficiarios con los propios empleados del organismo, lo que facilita una mejor resolución y respuesta a las consultas.
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Simplificó el proceso de reclamo a los Agentes del Seguro de Salud por incumplimientos. Se reformuló un proceso interno de 13 pasos en uno de 5, lo que da mayor agilidad y eficiencia a la tramitación en los reclamos de los beneficiarios.
Estos cambios, que apuntan a reordenar el sistema de Salud, tienen como objetivo recuperar el rol fiscalizador, lo que permitirá tener un mercado más transparente, donde los distintos actores compitan libremente brindando mejores servicios y los beneficiarios puedan elegir con total libertad.
Información actualizada a Octubre 2024.
Política de integridad
Nivel Organizativo
En concordancia con las recomendaciones de la Oficina Anticorrupción y de la Agencia de Acceso a la Información Pública, realizadas respectivamente en reuniones con Enlaces de Integridad el 22 de mayo de 2024 y con Responsables de Acceso a la Información Pública el 23 de mayo de 2024, con relación al ideal de tener en una misma Unidad Organizativa las responsabilidades de Acceso a la Información Pública, de Transparencia Activa y Proactiva y de Integridad, la Superintendencia de Servicios de Salud cumple con la designación de las mencionadas responsabilidades en la Coordinación Técnica de Gerencia General.
Asimismo, con relación al nivel de Dirección que debiera tener la referida Unidad Organizativa a efectos de tener acceso directo a las autoridades del Organismo, la Superintendencia de Servicios de Salud cumple con el requisito en virtud que la citada Coordinación Técnica depende de la Gerencia General con nivel jerárquico equivalente a Subsecretaría de Estado.
Nivel Informativo
En el marco del Artículo 32 de Transparencia Activa de la Ley 27.275 del Derecho de Acceso a la Información Pública y del Anexo I de la Resolución 77/2024 de la Agencia de Acceso a la Información Pública - Instructivo para el cumplimiento de las obligaciones de Transparencia Activa y Proactiva, la Superintendencia de Servicios de Salud cumple con la publicación de los contenidos y en el formato requeridos en el sitio web del Organismo que se encuentra en el portal de argentina.gob.ar.
En particular, se cumple con la publicación de las declaraciones juradas iniciales y patrimoniales anuales de los tres niveles jerárquicos de funcionarios del Organismo, como también, con la publicación de los planes e informes de auditorías de la Unidad de Auditoría Interna del Organismo.
Estrategia Nacional de Integridad
Información actualizada a Julio 2024.