Pagar los aportes y la ART
Las contribuciones se pagan a mes vencido. Hay tiempo hasta el día 10, si no, se computan intereses.
Tenés tres opciones para abonar los aportes:
- Personalmente: en Pago Fácil, Rapipago o en los bancos que cobren impuestos de la AFIP. En este caso, hay que imprimir los formularios (se pueden completar en forma interactiva o a mano) y presentarlos al momento de pagar;
- Homebanking: en la página web de tu banco, tenés que elegir la opción “AFIP Doméstica Activa…”, seleccionando la cantidad de horas que corresponda a la relación laboral;
- AFIP con Volante electrónico de pago (VEP): tenés que ingresar a la web de la AFIP, en el mismo lugar donde te inscribiste como empleador. Allí generás el VEP, que vas a usar para pagar a través de www.pagomiscuentas.com.ar, LinkPagos o tu homebanking (en la opción “Pago de impuestos AFIP”).
Formularios
Formulario 102/RT - Aportes mensuales obligatorios
Formulario 575/RT - Aportes voluntarios o inicio de la relación laboral por la ART
Si pagás los aportes mediante un Volante electrónico de pago (VEP), no tenés que utilizar formularios.