Libre elección de Obra Social/Prepaga - Opción de cambio
Los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud pueden ejercer el derecho a la libre elección de un Agente de Salud realizando una opción de cambio, entre las distintas entidades comprendidas en la Ley 23.660, y que estén inscriptas en el Registro Nacional de Agentes de Salud (RNAS). Ej.: Obras Sociales Sindicales, de Dirección, de Empresas, Entidades de Medicina Prepaga y otras.
La Obra Social o Prepaga elegida deben brindar, como mínimo, las prestaciones del Programa Médico Obligatorio y leyes especiales de cobertura obligatoria.
Todos los beneficiarios de los distintos regímenes pueden efectuar la opción de cambio de Obra Social o Prepaga en nuestro sitio web, a excepción de los Jubilados/Pensionados, que deben gestionar dicho trámite ante la ANSES.
Para elegir una Obra Social/Prepaga es conveniente tener en cuenta:
- Si la Obra Social/Prepaga elegida tiene cobertura en su zona de residencia.
- La cartilla de prestaciones que ofrece (clínicas, sanatorios, consultorios, farmacias, etc.)
- Los servicios que brinda (agencias regionales, turnos telefónicos o por web, línea gratuita de consulta, etc.)
Información por destinatario:
Trabajadores en relación de dependencia bajo convenio
Trabajadores en relación de dependencia fuera de convenio titulares de obras sociales de Dirección