Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (PESE)
El PESE está previsto para efectuar el seguimiento y control de los empleadores con altos niveles de siniestralidad. El objetivo es establecer acciones específicas de prevención de los riesgos laborales para reducir la siniestralidad y mejorar las condiciones de Salud y Seguridad en el Trabajo.
La inclusión en el programa depende de dos variables:
• La cantidad de empleados debe ser mayor o igual a CINCUENTA (50).
• El Empleador debe superar un porcentaje establecido anualmente por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) del índice de incidencia de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT/EP) según rango de tamaño y actividad.
Las muestras de empleadores de PESE tienen una duración de dos años y se publican anualmente, es decir, que siempre hay dos activas. Las empresas que formen parte del listado y sus ART deberán cumplir durante ese período con una serie de obligaciones para poder salir de la muestra:
• Obligaciones del empleador: confeccionar el Informe General del Empleador (IGE), suscribir un Plan de Reducción de la Siniestralidad (PRS) con plan de visitas, actualizar el Relevamiento General de Riesgos Laborales (RGRL) y permitir a la ART realizar las visitas en el establecimiento.
• Obligaciones de la ART: notificar al empleador su inclusión en el PESE junto al detalle informativo (establecimientos, trabajadores, accidentes laborales y enfermedades profesionales), remitir el IGE y el PRS a la SRT, cumplir con el plan de visitas establecido e informarlas a la SRT, y cumplir con los plazos otorgados.
La totalidad de las empresas que conforman el listado de PESE corresponden a actividades productivas.
Para mayor información sobre PESE consultar la Resolución SRT 363/2016 con sus correspondientes anexos.