Presidencia de la Nación

Australia Caninos


REQUISITOS PARA AUTORIZAR EL ENVIO DE PERROS A AUSTRALIA

BASE REGLAMENTARIA

El Departamento de Agricultura, Pesca y Silvicultura del Gobierno de Australia (DAFF) es el organismo que establece los requisitos sanitarios vigentes para el ingreso de mascotas a Australia.

Se pone a disposición el enlace directo donde podrá consultar la vigencia de los mismos

CONDICIONES ESPECÍFICAS
Los caninos con destino a Australia desde Argentina deben ingresar acompañados de un permiso de importación emitido por el Servicio Veterinario Oficial de Australia. Las condiciones de dicho permiso prevalecen sobre cualquier otra fuente de información. Los caninos que no cumplan con los requisitos de importación, podrán ser retenidos en cuarentena, requeridos para completar pruebas o tratamientos adicionales, reenviados de regreso al país de origen o eutanasiado (en el peor de los casos).

CUARENTENA: a su llegada, los animales deben pasar un mínimo de 10 días a 30 días en el centro de cuarentena posterior a la entrada de Mickleham. Información detallada en el paso 7.

IMPORTANTE: Nuevas condiciones de importación para caninos y felinos que ingresen a Australia a partir del 1 de marzo de 2023

REVISE DETALLADAMENTE LOS PASOS Y LOS PLAZOS VIGENTES, dado que la omisión o retraso en alguno de los pasos puede derivar en rechazos o en un período de cuarentena mayor al arribo a Australia.

Consulte información detallada

INTERVENCION DEL SENASA

Emisión del Certificado Veterinario Internacional (CVI) a nombre de la persona / responsable del animal

VALIDEZ QUE SE OTORGA AL CVI

Para el ingreso a AUSTRALIA: 5 (cinco) días corridos a partir de la fecha de la emisión del CVI hasta la fecha de los controles documentales y de identidad por parte del personal destacado en el aeropuerto de entrada a AUSTRALIA.

Para el retorno a la Argentina: una vez emitido el Certificado por Senasa, éste tiene una vigencia de 60 (sesenta) días corridos para retornar a la ARGENTINA (siempre que conserve vigente la vacunación contra Rabia y el buen estado de salud del animal).

CONSIDERACIONES VÁLIDAS - RESTRICCIONES AL INGRESO A AUSTRALIA

No se permite el ingreso a Australia de:

•Caninos de las siguientes razas: Perro de Presa Canario, American Pit Bull Terrier, Tosa Japonés, Fila Brasilero y Dogo Argentino. Para consultas relacionadas con las restricciones de razas prohibidas o sus cruzas, escriba a [email protected]

•Hembras caninas preñadas con 30 días o más de gestación o que se encuentren amamantando al momento de su envío.

•ANIMALES HÍBRIDOS (es decir, descendencia de perros con otra especie por ejemplo, lobos) por ejemplo, Perro lobo checoslovaco o Vlcak, Perro lobo de Saarloos , Perro lobo italiano, Perro lobo de Kunming. Por consultas sobre la elegibilidad del animal contacte a la Oficina de Bioseguridad Ambiental. Contacto: [email protected]

REQUISITOS SANITARIOS PARA EL INGRESO DE CANINOS A AUSTRALIA

PASO 1- CONSULTE LOS REQUISITOS CON ANTICIPACIÓN

Póngase en contacto con la oficina certificadora elegida y con su veterinario privado para ayudarlo a comprender los requisitos detallados a continuación y el período de espera para el ingreso a Australia.

PASO 2 - IDENTIFICACION DEL ANIMAL - NUEVAS CONDICIONES DE IMPORTACIÓN –MARZO 2023

El animal a enviar a AUSTRALIA debe estar identificado por implante electrónico mediante el uso de microchip compatible con las Normas ISO Nº 11784 o 11785. Los números de microchip que comienzan con 999 no son aceptables.

La fecha de implantación de microchip debe ser previa a realizar cualquier prueba para la exportación. (Vacuna antirrábica, todos los tratamientos y pruebas diagnósticas previstas).

CONSTATACIÓN DEL MICROCHIPEADO

El veterinario privado debe escanear el microchip en cada visita veterinaria (toma de muestras/ tratamientos / examen clínico) y verificar que el número de microchip escaneado esté registrado correctamente en toda la documentación.

Al momento del trámite en Senasa, se deberá presentar un Certificado de Implantación de Microchip emitido por el Veterinario privado matriculado donde consten los datos del animal, fecha, propietario y el número del dispositivo electrónico (microchip).

REFUERZO DE LA IDENTIFICACIÓN DE LOS ANIMALES - INICIO DE PROCESO DE EXPORTACIÓN DE CANINOS Y FELINOS A AUSTRALIA

Por disposición del Departamento de Agricultura, Pesca y Silvicultura (DAFF) de Australia, los caninos y felinos que ingresen a Australia a partir del 1 de marzo del 2023, deberán realizar la Verificación de Identidad y Constatación Oficial del Microchip por un veterinario oficial del Senasa a través de la lectura oficial del dispositivo.

-La verificación se realiza una vez implantado el microchip y previo a la realización de cualquier paso o prueba diagnóstica

-Para ello, el tenedor o responsable deberá concurrir con el animal a la Oficina Certificante del SENASA más cercana y con disponibilidad de lector, previa coordinación de día y horario.

-Se deberá presentar el Certificado de Implantación de Microchip emitido por el Veterinario privado matriculado donde consten los datos del animal, fecha, propietario y el número del dispositivo electrónico (microchip).

-El veterinario oficial del Senasa corroborará la identidad del animal (reseña y lectura oficial de microchip) emitiendo la DECLARACIÓN DE IDENTIFICACIÓN y remitirá dicho documento al Departamento de Agricultura, Pesca y Silvicultura de Australia.

PASO 3 - VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA

El animal deberá contar con inmunización vigente contra Rabia con una vacuna antirrábica a virus inactivado o recombinante aprobada por el Senasa. La misma deberá haber sido aplicada con al menos 90 días de vida del animal.

IMPORTANTE
Al momento del arribo a Australia, la vacunación antirrábica debe mantenerse vigente. En caso de que dicha vacuna expire antes de viajar, se debe administrar una vacuna antirrábica adicional, previa al vencimiento.

PASO 4 - TITULACIÓN DE ANTICUERPOS ANTIRRABICOS - NUEVAS CONDICIONES DE IMPORTACIÓN –MARZO 2023

A partir del 1 de marzo del 2023, el Departamento de Agricultura, Pesca y Silvicultura del Gobierno de Australia (DAFF) ha modificado la vigencia del Informe de laboratorio para la prueba del título neutralizante de la rabia (RNATT) el cual sólo será válido durante 12 meses.

El Veterinario matriculado privado deberá tomar una muestra de sangre, para la titulación de anticuerpos neutralizantes mediante los métodos FAVN o RFFIT en una muestra recogida entre 180 días y 12 meses previos a la fecha del viaje.

PRIMOVACUNADOS: En aquellos animales vacunados por primera vez contra rabia, se deberá aguardar un período de al menos 3 a 4 semanas entre la fecha de la vacunación y la recolección de la muestra de sangre. En el caso que el canino posea un historial de vacunación regular contra la rabia, puede ser posible recolectar la muestra de sangre sin aguardar dicho período.

TOMA Y REMISIÓN DE MUESTRA
Previo a la toma de la muestra se deberá proceder a la lectura del microchip y registrar el número de microchip correspondiente en el tubo de muestra a remitir y en el formulario de envío al laboratorio.

La muestra deberá ser procesada por un laboratorio oficial de diagnóstico reconocido por el por el país de destino del animal. Por ello, no habiendo disponible a la fecha un laboratorio oficial de diagnóstico en la República Argentina, esta muestra podrá enviarse al LABORATORIO DE RABIA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE KANSAS
Correo Electrónico: clientcare@vet.k-state.edu / rabies@vet.ksu.edu
Dirección: 1800 Denison Ave, Manhattan, KS 66506
Teléfonos: +1 (0) 785-532-5650 o +1 (0) 866-512-5650.

En caso de optarse por otro laboratorio se sugiere consultar previamente, sobre el reconocimiento y vigencia por parte del Departamento de Agricultura, Pesca y Silvicultura de Australia (DAFF) del laboratorio elegido. Contacto: imports@agriculture.gov.au

Consulte con el laboratorio elegido:
-Modelo de acta para realización de análisis solicitado, coordinar la forma de pago y solicitar instrucciones sobre acondicionamiento y envío de la muestra.

REMISIÓN DE LA MUESTRA -CERTIFICADO DE INOCUIDAD -SENASA
Para el envío de esta muestra al laboratorio oficial de diagnóstico, el propietario/responsable del animal deberá tramitar en Senasa el Certificado de Inocuidad (de la muestra de sangre) que deberá acompañar el envío al laboratorio seleccionado. Para ello, deberá presentar, previa coordinación con la Oficina Certificante del SENASA en donde gestionará el CVI:

1.Certificado de Salud del animal extendido por el profesional veterinario privado interviniente dentro de los DIEZ (10) días previos a la extracción en el que debe constar, el destino, todos los datos del animal incluido el número de microchip y los datos del propietario.
2.Certificado de la vacuna antirrábica aplicada.
3.Certificado de Implantación de Microchip.

RESULTADO ESPERADO:
El título de anticuerpos obtenido debe ser igual o superior a 0,5 UI/ml. El laboratorio interviniente deberá remitir el informe en idioma inglés donde deberá constar, como mínimo, el número de microchip del animal, fecha y lugar de toma de la muestra, método diagnóstico empleado y el resultado correspondiente con firma del laboratorio.

El resultado de la prueba será válido durante 12 meses desde el momento que se toma la muestra de sangre. Si la prueba RNAT tiene más de 12 meses en el momento de la exportación, no es válida y el animal no podrá exportarse a Australia, debiendo repetirla.

PERIODO DE ESPERA:
El canino no es elegible para la exportación a Australia hasta al menos ciento ochenta (180) días desde la recepción de la muestra en el laboratorio (con un resultado satisfactorio).

No hay excepciones para dispensaciones disponibles para este período de espera obligatorio de 180 días.

PASO 5 - DECLARACIÓN DE LA PRUEBA DE TÍTULO DE ANTICUERPOS NEUTRALIZANTES DE LA RABIA (RNATT) - SENASAa

En el momento de la solicitud del permiso de importación, el propietario/responsable del animal deberá tramitar en Senasa una declaración RNATT que deberá ser completada, firmada y aprobada por un veterinario oficial de Senasa.

Para ello, deberá presentar, previa coordinación con la Oficina Certificante del SenasaA en donde se encuentra gestionando el CVI, una copia del informe original y copia del informe del laboratorio RNATT con la declaración RNATT.

El número de microchip, el resultado de la prueba y la fecha de toma de la muestra de sangre deben corresponderse con el informe del laboratorio y la declaración de la prueba RNAT.

PASO 6 - SOLICITUD DEL PERMISO DE IMPORTACIÓN

Plazo: Luego de recibir la declaración de la prueba RNATT. Más información sobre aceptación de solicitudes y plazos consulte en Step 7

Gestione la solicitud de permiso de importación, el pago completo y envío de la documentación de respaldo en línea

Documentación de respaldo:

•Formulario de declaración de vacunación antirrábica y prueba RNATT.
•Informe de laboratorio de pruebas RNATT.

El permiso de importación será válido hasta que expire la prueba de Título de Anticuerpos Neutralizantes de la Rabia (RNATT), es decir, 12 meses a partir de la fecha de extracción de la muestra de sangre.

PASO 7 - RESERVA DE CUARENTENA

Plazo: Una vez recibido el permiso de Importación

A su llegada a Australia, los animales deben pasar un mínimo de días en el centro de cuarentena posterior a la entrada de Mickleham. La duración del período de cuarentena queda sujeta a la Prueba de identidad presentada con la solicitud, según se detalla a continuación:

CON VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD: Los perros y gatos deberán cumplir un mínimo de 10 (diez) días de cuarentena posterior a la entrada en una instalación gubernamental australiana cuando hayan cumplido la verificación de identidad al momento del inicio del trámite en Argentina y antes de que se tome una muestra de sangre para la prueba RNATT.

SIN VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD: perros y gatos que no hayan tenido la verificación de identidad antes de que se recogiera una muestra de sangre para la prueba RNATT deberán cumplir un mínimo de 30 (treinta) días de cuarentena posterior a la entrada en una instalación gubernamental australiana.

Consulte la página web de las Instalaciones de Cuarentena de Post Entrada de Australia para obtener más información

Para más detalles relacionados con el viaje y el traslado consulte paso 8

PRUEBAS DIAGNÓSTICAS

El animal debe ser sometido a las pruebas diagnósticas que se detallan a continuación, y será requerida la presentación del ejemplar original de esta documentación.

PASO 8 - BRUCELOSIS CANINA- Brucella canis

La prueba solo es necesaria en aquellos animales enteros (No castrados)

Informe de laboratorio que acredite que el animal fue sometido -dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días previos a la fecha del embarque- a una (1) de las siguientes técnicas para detección de Brucella canis:

-Prueba (RSAT) rápida de aglutinación en portaobjetos con resultado negativo o
-Prueba de aglutinación en tubo (TAT) con resultado negativo o
-Prueba de inmunofluorescencia indirecta (IFAT) con resultado negativo.

Asimismo el animal no deberá haberse apareado en forma natural ni haber sido inseminado de modo artificial (en el caso de hembras) desde los CATORCE (14) días antes de la extracción de la muestra y hasta el momento del embarque hacia AUSTRALIA.

PASO 9 - LEPTOSPIROSIS- Leptospira interrogans serovar Canicola

Presentación de la documentación contemplando una (1) de las siguientes opciones:

-Certificado de Vacunación completa contra Leptospira intrrogans sv. Canícola.
-Las vacunas deben administrarse entre 12 meses y 14 días antes de la exportación. La vacunación debe estar vigente al momento de la exportación.
-Informe de laboratorio que acredite que el perro fue sometido a una prueba de microaglutiunación (MAT) para Leptospira interrogans sv. Canícola, a partir de una muestra de sangre extraída dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días previos al envío a AUSTRALIA. El resultado deberá ser negativo (inferior al 50% de aglutinación en una dilución de suero de 1:100).

PASO 10 - LEISHMANIOSIS (Leishmania infantum)

Informe de laboratorio que acredite que el perro fue sometido -dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días previos a la fecha del embarque- a una (1) de las siguientes técnicas para detección de Leishmania infantum:

-Método Inmunofluorescencia indirecta (IFAT) con resultado negativo.
-Método ELISA con resultado negativo.

PASO 11 - BABESIA CANIS ROSSI

La prueba solo es necesaria si su perro ha viajado o residido alguna vez en África continental.

En este caso, deberán presentar un certificado veterinario que indique que fue tratado con una dosis de dipropionato de imidicarb de 7,5 mg/kg de peso vivo o DOS (2) dosis de dipropionato de imidicarb de 6 mg/kg de peso vivo, con al menos CATORCE (14) días de diferencia entre cada tratamiento. Dichos tratamientos deben ser mediante inyecciones subcutáneas dentro de los VEINTIOCHO (28) días previos al envío del animal hacia AUSTRALIA.

(*) ACTUALIZACIÓN: EHRLICHIA CANIS

A partir del 1 de noviembre se ha eliminado el requisito correspondiente a la detección de Ehrlichia Canis en perros destinados a la importación a Australia

PASO 12 - TRATAMIENTO CONTRA ENDOPARASITOS (nemátodes y céstodes)

Presentación de un Certificado veterinario que acredite que el animal recibió DOS (2) tratamientos con un producto (o combinación de productos) aprobados para el control de nemátodes y céstodes.

El primer tratamiento deberá ser administrado dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días antes de la fecha del embarque y el segundo al menos CATORCE (14) días después del primero y dentro de los CINCO (5) días anteriores a la fecha del embarque. Debe especificarse fechas de administración y producto/s utilizado/s.

TRATAMIENTOS ACEPTADOS

PASO 13 - TRATAMIENTO CONTRA ECTOPARASITOS (Pulgas y garrapatas)

Presentación de un Certificado veterinario que acredite que el animal fue tratado con un antiparasitario externo aprobado, al menos TREINTA (30) días previos a su envío a AUSTRALIA que elimine garrapatas y pulgas por contacto (vía tópica) y que este tratamiento otorga una protección de forma continua hasta el momento del embarque de acuerdo a las indicaciones del fabricante. En caso de encontrar pulgas o garrapatas, se deben retirar y reiniciar el tratamiento.

En esta Constancia deberán figurar, como mínimo, los principios activos utilizados, la dosis y la fecha del tratamiento.

TRATAMIENTOS ACEPTADOS

PASO 14 - EXAMEN CLÍNICO PREVIO A LA EXPORTACIÓN (en los 5 días previos a la fecha de envío)

El veterinario privado debe realizar un examen clínico final previo a la exportación dentro de los 5 (cinco) días previos al envío hacia AUSTRALIA. Se deberá certificar que el canino se encuentra libre de parásitos externos, signos clínicos de enfermedades infecciosas y contagiosas, siendo apto para su envío hacia AUSTRALIA.

Presentar ejemplar original y copia de este Certificado al momento del trámite en SENASA, debiendo quedar la copia en poder de la Oficina del Senasa interviniente y el original deberá quedar en poder del propietario para llevarlo acompañando el CVI emitido.

CONSIDERACIONES IMPORTANTES

En trayectos de grandes distancias el animal puede volverse susceptible a enfermedades (especialmente enfermedades infecciosas), como resultado de sufrir estrés debido al transporte aéreo o un cambio de ambiente, o cuando se mantiene por un período prolongado de tiempo. Por esta razón, se recomienda que considere la inmunización contra enfermedades distintas a la rabia:

RECOMENDACIONES PARA CANINOS:

-Vacuna Séxtuple
-Vacuna contra Bordetella bronchiseptica

Las mismas deberán encontrarse en vigencia durante todo el período de cuarentena posterior al ingreso.

PASO 15 - EMISIÓN DEL CERTIFICADO VETERINARIO DE EXPORTACIÓN – Dentro de los 5 (cinco) días previos a la exportación

El día de su turno, previa coordinación del turno con la Oficina Certificante del Senasa deberá presentar la siguiente documentación para ser endosadas por el veterinario oficial que emitirá el Certificado Veterinario Internacional:

REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EMISIÓN DEL CVI (originales y fotocopia)

1.Certificado de Implantación de Microchip
2.Certificado de Salud
3.Certificado de Vacunación Antirrábica vigente
4.Informe del laboratorio que tituló Anticuerpos Antirrábicos
5.Informe de laboratorio de las pruebas diagnósticas realizadas: Leishmaniasis / Brucelosis ( * ) / Babesia Canis ¨ * ) / Leptospirosis (o Constancia de vacunación) ( * ) En caso de corresponder)
6.Constancia de tratamiento contra parásitos externos
7.Constancia de tratamiento contra parásitos internos
8.Documento de Identidad / Pasaporte del propietario / responsable del animal
9.Permiso de Importación

TRÁNSITO POR TERCEROS PAÍSES

Si el traslado del canino incluye tránsito por terceros países debe comunicarlo al personal del Senasa interviniente para adecuar la certificación. Ciertos países, como los de la Unión Europea, exigen requisitos adicionales para el tránsito.

CONDICIONES GENERALES INTERVENCION DEL PERSONAL DEL SENASA EN EL PUNTO DE SALIDA DEL ANIMAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

El animal deberá ser inspeccionado e identificado previo a su embarque por un profesional veterinario del SENASA. Contactar al menos 72 horas antes del embarque al personal del Aeropuerto de Ezeiza: [email protected]

IMPORTANTE: Tener en cuenta que las aerolíneas pueden contar con sus propias regulaciones e interpretaciones, por lo cual se sugiere asesorarse con las mismas previamente por posibles exigencias adicionales. Por ejemplo: restricciones de razas, preponderancia de razas en animales mestizos, características de contenedores para el transporte, etc.

Para más información detallada

Contacto: [email protected]

CARACTERISTICAS DE LOS CONTENEDORES PARA EL TRASLADO

El animal deberá viajar en una jaula o caja especial lavada o desinfectada antes de su uso que cumpla con las regulaciones para el transporte aéreo de animales vivos del Manual IATA – Sección LAR (Asociación del Transporte Aéreo Internacional o International Air Transport Association).

El Senasa, asimismo, propicia y supervisa el uso de contenedores que respeten los estándares de bienestar animal.

Conocer y cumplir características de los contenedores para el traslado es responsabilidad del propietario. El Senasa propicia y supervisa el uso de contenedores que respeten los estándares de bienestar animal

COSTO DEL TRÁMITE

Consulte

DEPENDENCIAS DEL SENASA PARA LA OBTENCIÓN DEL CVI

Consultar oficinas certficantes.

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