Fitosanitarios
Cuarentena Post-entrada: Para el caso de material de propagación asexual (plantas, plantines, esquejes, bulbos, raíces, yemas, material in vitro, etc.) se debe cumplir con una Cuarentena Post-entrada (CPE) en sitios autorizados por el Senasa de manera previa a la importación, como Sitios de Cuarentena. Actualmente existen tres modalidades de Cuarentena Post-entrada: CPE General (Resolución SAGPyA Nº 292/98), CPE reducida con habilitación de viveros en origen (Resolución SENASA Nº 175/03) y CPE de material in Vitro.