Presidencia de la Nación

Procedimiento para viajar al exterior con perros y gatos


Las personas que desean trasladar al exterior caninos y/o felinos domésticos (Canis lupus familiaris y Felis silvestris catus respectivamente) deberán tramitar un Certificado Veterinario Internacional (CVI) emitido por Senasa en base a las exigencias sanitarias del país de destino.

PASO 1 – CONSULTE AQUÍ LAS EXIGENCIAS SANITARIAS DEL PAÍS DE DESTINO

Importante: Verifique la vigencia (en días corridos) del Certificado Veterinario Internacional que emite el Senasa, y los plazos establecidos para las exigencias sanitarias del país de destino, para organizar los tiempos del trámite en relación al viaje. Tener en cuenta que las exigencias sanitarias y la validez de los certificados (en días corridos) las establece el país de destino.

PASO 2- OBTENGA UN TURNO

Todas las oficinas certificadoras atienden con TURNO PREVIO, ya sea obtenido por Autogestión (en Oficinas habilitadas) o por los contactos de las Oficinas.

SISTEMA AUTOGESTION

Se recomienda a los propietarios no utilizar cuentas con correos electrónicos de dominios Microsoft (@hotmail.com, @outlook.com, @live.com, etc) o Yahoo (@yahoo.com), ya que por cuestiones ajenas al Senasa es posible que no reciban las comunicaciones correspondientes del Senasa, necesarias para el trámite.

Obtené un turno a través del Sistema, hasta un mes antes de la fecha de viaje, exclusivamente en aquellas oficinas que dispongan de este servicio de Autogestión. Consulte aquí el instructivo de solicitud de turnos.

Puede registrarse, adelantar los datos requeridos y generar cupón de pago, antes de concurrir a la oficina del Senasa, donde podrá presentar la documentación sanitaria y obtener el Certificado Veterinario Internacional (CVI) necesario para viajar con su mascota.

CVI DIGITAL

PASO 3- CONCURRA A UN VETERINARIO MATRICULADO

El veterinario matriculado debe certificar el cumplimiento de las exigencias sanitarias que solicita el país de destino: vacunas, tratamientos, certificados, etc. Para ello se deben utilizar productos aprobados por el Senasa en la República Argentina.

Prácticas realizadas en el exterior: Aquellos animales que posean certificados de vacunación vigente y se encuentren certificados por el veterinario/a actuante del exterior, podrán tomarse como válidos siempre y cuando, cumplan con las exigencias del país de destino y se encuentren en vigencia. Los tratamientos realizados en el exterior no son válidos para la tramitar la certificación oficial ante Senasa.

PASO 4 - CONCURRA A LA OFICINA CERTIFICADORA ELEGIDA PARA LA OBTENCIÓN DEL CVI

En el día y hora del turno asignado, concurra con la documentación original emitida por el veterinario y copias requeridas para obtener su CVI. El CVI se emite a nombre de la persona que se traslada con el perro o gato. En caso de traslados sin acompañante en bodega el CVI se emite a nombre de la persona que lo recibirá en el país de destino.

PASO 5 - OBTENCIÓN DEL CVI

EL DÍA DEL VIAJE:
Una vez obtenido su CVI, recuerde llevar dicho Certificado, sumado al Certificado de Vacuna Antirrábica original, el cual siempre se mantiene en poder del propietario/responsable.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Cuál es el costo del trámite?
COSTO DE TRAMITE

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