Presidencia de la Nación

Últimos detalles del anteproyecto del nuevo Código Procesal Civil y Comercial

Es un trabajo que llevó adelante una Comisión Redactora y que contó con aportes de la sociedad civil, a través de la plataforma Justicia 2020. Una vez terminado el anteproyecto, le será entregado al ministro Germán Garavano.

La Comisión Redactora del anteproyecto de Código Procesal Civil y Comercial –integrada por jueces, abogados y académicos- analizó los últimos detalles de la iniciativa que, en los próximos días, se le presentará al ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Germán Garavano. Es un trabajo conjunto que se realizó con la sociedad civil a través de la plataforma Justicia 2020 y que contó con aportes de actores de todo el sistema de justicia.

El nuevo texto normativo buscará varios objetivos. Los principales son: instalar la oralidad efectiva en los procesos de conocimiento; simplificar estructuras procesales, distinguiendo las que requieren inmediación de las que admiten procesos escriturarios; abordar la problemática de la oficina judicial como soporte de la actividad jurisdiccional; instalar el uso de tecnología en la justicia; y procurar la finalización del proceso en el menor tiempo posible.

“Este Código es replicado, copiado, muchas veces por las provincias, es un Código que marca un camino”, explicó el coordinador de Justicia 2020, Héctor Chayer, sobre la necesaria modificación.

Para el funcionario, “el Código Procesal va a permitir que los juicios sencillos se tramiten más rápido; que los juicios más complejos se tramiten oralmente, que es un modo mucho más transparente que el mero trámite escrito”.

Rubén Calcaterra es uno de los miembros de la Comisión de Expertos que elaboró el anteproyecto de Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Destacó que un nuevo Código tiene que ver con “el cambio de mirada y la adecuación a los tiempos que corren de una legislación mucho más moderna”

“El Código Procesal Civil y Comercial que rige hoy es del siglo pasado. Nosotros estamos haciendo una modificación que es de base. Se pasa de un proceso esencialmente escritural a un proceso mixto entre lo escritural y lo oral que es fundamental para acortar los plazos de los juicios”, dijo el académico.

Para Calcaterra, “la oralidad, que ya se implementó en muchas jurisdicciones de la Argentina, está demostrado que está dando un resultado fantástico como forma de reducir los plazos procesales”.

“Por eso –aseguró- la mayor ventaja va a ser la celeridad, la inmediatez que el juez va a tener con las partes: va a estar con ellas y eso asegura una justicia mucho más cercana con la comunidad y, además, una justicia mucho más segura, rápida y confiable”.

La justicia del ciudadano

En la audiencia preliminar se va trabajar junto al juez y las partes sobre los hechos y las pruebas, pero siempre propendiendo a una conciliación. Luego se produce toda la prueba que no sea oral y en la audiencia de vista de causa, oralmente se recibe la declaración de testigos, peritos y partes.

“Es la Justicia del ciudadano que no es víctima de un delito ni es un delincuente”, agrega Chayer.

“Acá es un ciudadano, un comerciante que tiene que cobrar una factura, un peatón que es atropellado o alguien que choca con un auto, o tiene un contrato y no se cumple, o tiene una propiedad y quiere desalojar al inquilino o es al revés. Es la Justicia del ciudadano común”.

El trabajo de la comisión tuvo una serie de objetivos en su desarrollo que marcan la naturaleza de la reforma que se pretende. Desde la redefinición del rol del juez con la incorporación de las audiencias donde su participación es ineludible hasta la videograbación de estas. A ello se agrega la utilización de las nuevas tecnologías de la mano del uso del expediente digital, eliminando el soporte escrito para las actas de audiencia y remplazarlo por medios audiovisual.

También la reforma pretende la reducción de costos y de la demora de los procesos; la simplificación de estructuras y actos procesales; la publicidad y transparencia y la gestión y administración de la oficina judicial. La oficina judicial funcionará con criterios de agilidad, eficacia, eficiencia, racionalización del trabajo, responsabilidad por la gestión, coordinación y cooperación.

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