Recordatorio: Registro para Trámites a Distancia (TAD)
Obras Sociales y Prepagas
Se recuerda a las Obras Sociales, Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud y Entidades de Medicina Prepaga que deben registrarse para los Trámites a Distancia (TAD) de acuerdo al detalle del Anexo (adjunto) de la Resolución 381/2019 S.S.SALUD, publicada el pasado 24 de mayo en el Boletín Oficial.
Es fundamental la posterior comunicación del registro como USUARIO TAD al mail [email protected], indicando:
· CUIT
· Dirección electrónica declarada
· Usuario declarado
El registro de alta en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) permite que la Superintendencia de Servicios de Salud envíe las notificaciones y comunicaciones correspondientes, en el marco de las Leyes Nº 23.660, 23.661, 26.682.
El cumplimiento del registro de alta en TAD debe realizarse en un plazo de 30 (treinta) días a partir de la fecha de la presente comunicación.
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