Proteger el derecho a la libre elección de una Obra Social
Nuevos procedimientos para que los beneficiarios puedan ejercer su derecho. Transparencia, seguridad y accesibilidad
El trámite de Opción de Cambio implicaba que el beneficiario se trasladara personalmente a la Obra Social de su elección, llenara un formulario, certificara su firma fehacientemente y luego la Obra Social, debía presentar ese formulario en la SSSalud. La coyuntura de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio generó dificultades para que los beneficiarios y las Obras Sociales gestionen sus trámites.
Por otro lado, se vienen recepcionando en la Superintendencia diversas denuncias efectuadas tanto por beneficiarios del régimen general, como de “monotributo social” y de organizaciones que los aglutinan, manifestando haber sido cambiados de Obra Social sin su consentimiento.
En el sector de los monotributistas sociales se habrían producido opciones de cambio masivas que no fueron solicitadas por los titulares, de manera compulsiva y -por ende- también fraudulenta.
Es primordial asegurar el ejercicio del derecho personal e individual de cambio de Obra Social.
Con las Resoluciones Nº 1216/2020 - SSSALUD y 1219/2020 - SSSALUD publicadas en el Boletín Oficial, las autoridades de la Superintendencia de Servicios de Salud se ocupan concretamente de dos aspectos fundamentales que rodean al ejercicio del derecho de libre elección de obra social: la transparencia y la accesibilidad. A la vez que continúa con el proceso de despapelización y digitalización ya iniciado.
Con una moderna, segura y compleja plataforma desarrollada internamente por profesionales del organismo en trabajo conjunto con las áreas involucradas, se simplifica el procedimiento asegurando claridad, transparencia y veracidad en la manifestación de la decisión de todo el universo de beneficiarios.
Las citadas resoluciones reglamentan un nuevo procedimiento para hacer efectivo el derecho de opción de cambio y ponen foco en la auditoría y anulación de opciones denunciadas como fraudulentas por los beneficiarios.
Simplificar los trámites también es facilitar a los ciudadanos su derecho a la salud.