Presidencia de la Nación

Procedimiento frente a la suspensión de plazos inherentes a sumarios

La Comisión Nacional de Valores (CNV) informó hoy que en los casos en que se solicite vista y/o copias de sumarios en trámite o concluidos se tomará debida nota del pedido que eventualmente se reciba de los interesados a través de la dirección de correo electrónico [email protected], teniendo como objetivo central el de preservar y asegurar la plena vigencia del derecho de defensa y de igualdad de trato respecto de todos los sumariados.

La autoridad competente de la CNV dejará constancia del trámite electrónico en el expediente, procediéndose a entregar las copias solicitadas a partir del día siguiente al levantamiento de la suspensión de plazos administrativos.

El organismo informó a la vez que los plazos establecidos tanto para presentar descargos o interponer recursos de apelación, como cualquier otro inherente al procedimiento sumarial, comenzarán a computarse o se reanudará su cómputo -según corresponda-, a partir del levantamiento de la suspensión referida, momento a partir del cual las respectivas presentaciones deberán ser efectuadas por escrito en la Mesa de Entradas del organismo.

La adopción de estas medidas se enmarcan en la emergencia sanitaria y el dictado del Decreto N°298/2020 y sus modificatorios, mediante los cuales se dispuso la suspensión del curso de los plazos administrativos dentro de los procedimientos regulados por la Ley N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos –Decreto 1759/72 (T.O. 2017)- y otras disposiciones especiales, entre ellos los procedimientos sumariales que se tramitan ante la CNV, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan durante la vigencia de las medidas de aislamiento.

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