Nuevo reglamento y cambios en las líneas de los FOMECA
Enacom aprobó un nuevo reglamento general del Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA) así como una nueva línea para producción de contenidos audiovisuales.
En la última reunión de Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), encabezada por su presidenta Silvana Giudici, las autoridades aprobaron novedades para la reglamentación de las líneas de crédito de los FOMECA, con el objetivo de acelerar y simplificar los procesos, particularmente en lo referido a la presentación y rendición de los proyectos por parte de los beneficiarios.
Entre las principales modificaciones se encuentran la eliminación de los requisitos de presentación de demos y presupuestos de terceros; la posibilidad de firmar los convenios y hacer las rendiciones de gastos a través de la plataforma de Tramites a Distancia (TAD); el establecimiento de cupos por región (Metropolitana, Pampeana, Centro, Noreste, Noroeste, Nuevo Cuyo, Patagonia).
Todas estas modificaciones entrarán en vigencia para las nuevas líneas que se abran a concurso y buscan, entre otras cosas, agilizar los tiempos entre las presentaciones de los concursantes y los desembolsos de dinero y hacer una distribución más federal de los recursos.
Además, las líneas pasarán a formularse bajo un mismo nombre en relación a los montos según sean para Equipamiento (Línea E), Producciones (Línea P), Gestión de Medios (Línea G) y una nueva apertura destinada al Desarrollo de Proyectos (Línea D) dirigida a subsidios de montos reducidos para fomentar y facilitar el inicio y planeamiento de los proyectos.
En este sentido, se dispuso la creación de la Línea P de FOMECA destinada a la producción de contenidos radiofónicos y audiovisuales cuyos proyectos podrán presentarse bajo las modalidades de microprograma de radio o de TV, programa semanal de radio o de TV y programa o informativo diario de radio o de TV. El subsidio dispuesto cubrirá hasta el 90% del presupuesto total del proyecto en el caso de personas jurídicas sin fines de lucro y el 95% en el caso de los pueblos originarios.
En otro orden de cosas, también se dispuso que las prestadoras de telefonía no deberán bloquear la funcionalidad del servicio de radio de FM de los equipos móviles que las posean. Esto surge de una recomendación anterior establecida en la reunión de Directorio de febrero de esto año en donde se establecía la importancia de este servicio en caso de emergencias o catástrofes en el caso de la imposibilidad de cobertura telefónica, cuando la información de interés público puede circular por radio y ayudar a la población en accidentes o emergencias.