Nueva reglamentación para las Sociedades de Capitalización y Ahorro
La Unidad de Información Financiera dictó la Resolución UIF Nº 494/15
La Unidad de Información Financiera dictó la Resolución UIF Nº 494/15, que establece modificaciones en los montos al momento de definir el perfil del cliente y los nuevos requisitos para hacer el Reporte de Operación Sospechosa que deberán hacer las sociedades de capitalización y ahorro.
A partir de su publicación en el Boletín Oficial, el día 4 de enero de 2015, entró en vigencia la Resolución UIF Nº 494/15 que establece nuevas reglamentaciones para las Sociedades de Capitalización y Ahorro respecto a los montos de las operaciones de los clientes que deberán informar a la Unidad de Información Financiera.
La nueva norma modifica dos artículos de la Resolución Nº 50/2013. Por un lado, actualiza a 600.000 pesos, el monto anual que alcancen los clientes en sus operatorias, para definir el perfil del cliente. Por otro lado, dispuso que las sociedades de capitalización y ahorro deberán realizar Reportes Sistemáticos Mensuales, indicando hasta el día 15 del mes inmediato anterior, la precancelación de operaciones superiores a 200.000 pesos, los clientes que registren tres o más planes, y el cambio de beneficiarios y/o cesiones de planes superiores a los 100.000 pesos. Este último punto, antes estaba regulado por la Resolución UIF N° 70/11, por lo que implicó también su modificación.
La medida busca incrementar la eficacia del sistema preventivo contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo centrando los esfuerzos en aquellos supuestos en los que existe mayor riesgo de comisión de dichos delitos y en aquellos clientes cuyas actividades denoten un mayor volumen económico relativo.