Nueva Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células: donar órganos y salvar vidas
El 7 de enero se firmó el Decreto 16/2019 que reglamenta la Ley 27.447 de trasplante de órganos, tejidos y células en todo el país. Es un paso más para determinar la manera en que debe ser aplicada, respetando los derechos de toda la comunidad.
El Programa Justicia Cerca del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos explica en lenguaje claro los alcances de la Ley 27.447, también denominada Ley Justina, que entró en vigencia el 4 de agosto de 2018 y contó con la aprobación por unanimidad en ambas cámaras del Congreso.
La norma fortaleció el sistema de procuración, al tiempo que agilizó y simplificó los procesos de donación y trasplante, contribuyendo a alcanzar una marca histórica en materia de donantes y trasplantes para nuestro país.
La reglamentación reafirma los derechos de los pacientes en lista de espera y trasplantados, describe los servicios de procuración que se crearán en los hospitales y pone de relevancia la importancia de la capacitación. También reafirma que el sistema público de salud cubrirá los gastos a los pacientes que no posean cobertura, y describe cómo realizar la constatación de manifestación hacia la donación de órganos o tejidos.
La nueva Ley de Trasplante determina que todos los mayores de 18 años son donantes de órganos salvo que hayan manifestado su voluntad de no serlo.
Los órganos que se trasplantan en Argentina son: riñón, hígado, corazón, pulmón, páncreas e intestino; y los tejidos: córneas, piel, huesos, válvulas cardíacas y siempre los trasplantes se efectúan a partir de donantes fallecidos. La donación de órganos en vida se realiza pura y exclusivamente en caso de necesidad extrema y debido a la falta de donantes voluntarios post mortem.
La Ley respeta la manifestación expresa (afirmativa o negativa) realizada en vida por las personas. Por lo tanto, los familiares del fallecido ya no son los encargados de tomar la decisión.
Según la normativa, en caso de fallecimiento de menores de 18 años, "la autorización para la obtención de los órganos y tejidos debe ser efectuada por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente o el representante legal del menor".
En lo que concierne al paciente trasplantado, comprende la cobertura del 100% en su atención integral, ya sea la provisión de medicamentos, estudios, diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud. Lo deben cubrir todas las obras sociales y las prepagas, y en caso de no poseer una, es cubierto por el Estado, como está estipulado por la Ley Nº 26.928 de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
La familia de Justina (la niña de 12 años que murió a la espera de un trasplante de corazón en noviembre de 2017) impulsó la campaña Multiplicate x 7, para concientizar acerca de la importancia de la donación de órganos. El nombre de la iniciativa se debe a que una persona tiene siete órganos que puede donar (corazón, pulmones, hígado, páncreas, riñones, médula ósea e intestinos), y así puede darle una chance de vivir a otras tantas personas.
Su caso sensibilizó a la sociedad y se transformó en una verdadera cruzada en favor de la donación de órganos, que encontró su punto máximo el 4 de julio de este año, cuando la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la Ley 27.447, que destaca que todas las personas mayores de edad son donantes, a menos que hayan expresado lo contrario.
Antes de esta ley, 42% de las personas no estaban dispuestas a donar; hoy, solo 17% expresa no querer ser donantes.
Gracias a ese mensaje, durante este año, el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante Incucai y los organismos jurisdiccionales alcanzaron 701 donantes de órganos, una cifra récord en el sistema de donación y trasplante de nuestro país.