Presidencia de la Nación

La producción nacional de disoluciones continúa protegida frente a las importaciones de Brasil y México

DUMPING - CIERRE DE EXAMEN


El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1649/2023 declaró el cierre del examen por expiración del plazo de la medidas antidumping dispuestas mediante la Resolución 1.347 de fecha 29 de noviembre de 2019 del ex Ministerio de Producción y Trabajo, en las exportaciones hacia la República Argentina de “Disoluciones parenterales que contengan cloruro de sodio o dextrosa, estériles, en sistemas cerrados de infusión, para envases con capacidad superior o igual a cero coma un litro (0,1 l) pero inferior o igual a un litro (1 l)”, originarias de Brasil y México.

La resolución mantiene vigentes las medidas antidumping aplicadas en el año 2019, bajo la forma de un derecho específico de U$S 0,21 y U$S 0,31 por unidad para Brasil y de U$S 0,11 U$S y 0,16 por unidad para México, según producto.

La solicitud de examen fue presentada por la firma LABORATORIOS JAYOR S.R.L. a fines de agosto de 2022, ante la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPyGC), en el marco del artículo 4° del Decreto N° 1.393/08.

Esta empresa representó entre el 28% y el 34% de la producción nacional de disoluciones parenterales durante el período investigado. El resto de la producción nacional correspondió a las firmas BINA PHARMA y RIGECIM LABS, empresas que también colaboraron con la investigación.

LABORATORIOS JAYOR inició sus actividades en 2011 y está dedicada a la comercialización de insumos médicos. Desde octubre de 2016 se dedica a la producción de disoluciones parenterales en su planta en Pilar, Provincia de Buenos Aires, y emplea en ella a alrededor de 200 trabajadores y trabajadoras.

Las disoluciones parenterales son una preparación líquida estéril para ser administradas a pacientes en múltiples situaciones de salud, mediante el sistema cerrado de infusión (comúnmente denominado como “suero”). Cada disolución parenteral cuenta con una composición química particular, se presentan en envase único, el cual puede ser de policloruro de vinilo (PVC) o polipropileno, y se encuentran disponibles en capacidades de 100 ml hasta 1.000 ml. Las disoluciones parenterales son de uso común en todos los sectores de salud (hospitales públicos, privados y clínicas médicas).

Cabe mencionar que, si bien el producto objeto de examen se encontraba protegido desde diciembre de 2019; mediante la Resolución MDP 118 del 20 de marzo de 2020 se suspendieron los efectos de la Resolución MPyT 1347/2019, por el plazo que perdurara la Emergencia Pública en materia sanitaria debido a la pandemia del COVID-19, declarada por la Ley N° 27.541 y ampliada por el Decreto 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, con el fin de garantizar la normal provisión de insumos médicos frente a dicha situación excepcional a nivel mundial. Asimismo, mediante la Resolución MDP 697 del 28 de octubre de 2021 se dejó sin efecto la suspensión establecida por la Resolución MDP 118/2020, reestableciéndose los efectos de la Resolución 1.347/19.

Como resultado del análisis conjunto de esta Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) y de la SSPYGC, se resolvió la continuidad por 5 años más de los derechos antidumping que permiten defender a la producción nacional de disoluciones parenterales y el empleo de sus trabajadoras y trabajadores.

Para mayor información, consultá el expediente

*Este instrumento se encuentra al alcance de todas las empresas argentinas que consideren que sus productos se enfrentan una situación de discriminación internacional de precios respecto a productos importados. Para conocer los requisitos y cuestiones formales a tener en cuenta, hacé click aquí

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