Presidencia de la Nación

Se resolvió la apertura de la investigación por expiración del plazo de la medida antidumping de “termos” provenientes de China y se mantienen los derechos vigentes hasta tanto concluya el caso

DUMPING - APERTURA DE EXAMEN DE REVISIÓN


El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 174/2024, declaró procedente la apertura del examen por expiración del plazo de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 243 de fecha 12 de abril de 2019 del ex Ministerio de Producción y Trabajo, para las operaciones de exportación hacia la Argentina de “Termos y demás recipientes isotérmicos con ampolla de acero inoxidable de capacidad inferior o igual a DOS COMA CINCO LITROS (2,5 l)” y “Termos y demás recipientes isotérmicos con ampolla de vidrio y con capacidades de hasta DOS COMA CINCO LITROS (2,5 l)” originarios de China.

La solicitud de revisión de la medida antidumping fue presentada en enero de este año por la firma LUMILAGRO S.A., ante la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPYGC).

De acuerdo a la información presentada por la productora nacional, certificado por la Cámara de Fabricantes de Vidrio (CAFAVI), LUMILAGRO representó el 100% de la producción nacional de termos de ampolla de vidrio y acero durante el período 2020-octubre 2023.

Esta empresa se dedica a la fabricación y comercialización de termos y productos térmicos. Ofrece termos de vidrio, termos de acero, isotérmicos, accesorios y botellas. Su planta industrial se encuentra emplazada en Tortuguitas, Provincia de Buenos Aires.

Conforme a los documentos presentados en esta instancia de la investigación, desde la CNCE se consideró que existen elementos suficientes para concluir que, desde el punto de vista de la probabilidad de la repetición del daño, es procedente la apertura de la revisión del caso.

En este mismo sentido, la presente resolución ministerial establece mantener vigente la medida antidumping aplicada en el año 2019 bajo la forma de derecho antidumping de U$S 15 por kilogramo para los termos de acero inoxidable y de U$S 4,82 por unidad para los termos de ampolla de vidrio, hasta tanto se concluya el procedimiento de revisión iniciado.

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