Presidencia de la Nación

Justicia 2020: se analizó la figura del abogado del niño

Los integrantes del equipo de trabajo de la Ley Procesal de Familia debatieron sobre cómo es la mejor forma de que la voz de los chicos sea escuchada en un proceso judicial.

Una nueva reunión de trabajo en el contexto del programa Justicia 2020 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación permitió recibir aportes en el marco de la iniciativa por una Ley Procesal de Familia. Esta vez los aportes recibidos tuvieron que ver con la figura del “abogado del niño”.

El abogado del niño surgió a partir de la sanción en 2005 de la Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, y de lo que esta norma incorporó al Código Civil y Comercial. La comisión trabaja en cómo incorporar en la Ley Procesal de Familia esta figura.

El encargado de dar la bienvenida y abrir el debate fue Hernán Calvo, integrante del Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado. Por su parte, Héctor Vito, miembro de la comisión redactora del anteproyecto de ley, estuvo presente y recibió los aportes de los asistentes, además de contar como viene el trabajo en la comisión.

“Las cuestiones de familia son cuestiones que no deben demorarse”, puntualizó Vito durante la reunión que se llevó a cabo en el cuarto piso de la sede del Ministerio de Justicia. El miembro de la comisión agregó que se necesitan “normas más ágiles”, ya que “no se trata de sustituir al niño, sino permitir que la voz del niño sea escuchada”.

Reunión del equipo de trabajo de la Ley Procesal de Familia

Explicar y contener

La importancia de una “evaluación exhaustiva y que el niño comprenda” fue algo que destacó Samantha Rodríguez Díaz, quien trabaja en una asesoría tutelar. Según su experiencia, “a los siete años muchos chicos no comprenden” las instancias de un proceso judicial.

Patricia Alonso, psicóloga, planteó en la reunión porque los “componentes del proceso vean de otra manera las cosas” y se “pongan en el lugar del niño”. “Que el chico es un sujeto de derechos está muy dicho pero poco aplicado”, explicó.

Otra de las participantes sostuvo que es necesario que quede claro en el proceso que “el niño es parte” y que “el abogado del niño va relacionado con la capacidad progresiva”. Y destacó la necesidad de incorporar un cuerpo único de abogados del niño. “Los chicos tienen que estar informados de que tienen derecho a contar con un abogado”, remarcó.

Todo el trabajo que se viene realizando tiene un marco que se plasmó en las “Bases para la Reforma Procesal de Familia”. Allí se postula, entre otros, el principio de participación procesal de las niñas, niños y adolescentes (NNA), de las personas con capacidad restringida y su derecho a ser oídos.

Además, se valorará la opinión de los NNA conforme a su edad y grado de madurez, acorde al principio de autonomía progresiva, y el juez los oirá antes de manera personal y con el auxilio de especialistas. La escucha debe concretarse siempre que la persona menor de edad o con capacidad restringida lo solicite, a lo que se suma, la posibilidad de designar un abogado del niño.

El derecho a ser oídos

En mayo pasado en la provincia de Córdoba se dictó una condena de 16 años de prisión a un hombre que agredió sexualmente a su hijastra donde, durante proceso judicial, la niña participó en derecho propio como “querellante particular”, acompañada y asistida en forma conjunta por un abogado del niño.

“La intervención de la abogada del niño permitió que pudiera constituirse en querellante y ser parte en la causa, sentirse protagonista de su propia vida, contar con la contención que le ha sido tan esquiva y, finalmente, ser oída en su reclamo de justicia”, expresó la jueza Ana María Lucero Offredi.

La magistrada, integrante de la Cámara en lo Criminal y Correccional de 12º Nominación de la ciudad de Córdoba, recibió con beneplácito esta novedosa participación. “Espero se extienda a muchos otros casos como este”, dijo.

Scroll hacia arriba