El Gobierno Nacional extiende la prohibición de despidos y el ATP
El Gobierno Nacional prorrogó la prohibición de despidos y suspensiones sin justa causa por el plazo de 60 días y extendió el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP)
En el marco de la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 y el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto N° 297/2020, el Gobierno Nacional prorrogó la prohibición de despidos y suspensiones sin justa causa por el plazo de 60 días a partir del vencimiento establecido por el Decreto N° 487/2020
En este sentido, los despidos y suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el decreto quedarán sin efecto posibilitando la continuidad de las relaciones laborales que existen entre el empleador y el trabajador. A su vez, quedan exceptuadas de la prohibición, las suspensiones realizadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Con respecto al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) se llevarán a cabo nuevas medidas para la cuarta etapa. En relación al salario complementario, los sectores no críticos percibirá la asistencia de un valor único de 1,5 salarios mínimos, vitales y móviles para todo el país. En el caso de los sectores considerados críticos, el salario complementario será de un tope de 2 salarios mínimos, vitales y móviles.
Por otra parte, en esta nueva versión del ATP, las empresas que presenten una variación de la facturación nominal interanual entre 0% y 30% podrán acceder a un crédito a tasa subsidiada.
Por último, se otorgarán créditos a tasa 0 y en cuanto los sectores de cultura, fuertemente afectado por la pandemia, los mismos podrán acceder a préstamos con un periodo de 12 meses de gracia.