Presidencia de la Nación

Asignación estímulo para trabajadores de salud

Mediante una Resolución conjunta de los Ministerios de Trabajo y Salud se estableció el procedimiento para su gestión y pago a los trabajadores y las trabajadoras de la salud expuestos y abocados al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19.

Mediante una Resolución conjunta de los Ministerios de Trabajo y Salud se estableció el procedimiento para la gestión y el pago de la asignación estímulo a los trabajadores y las trabajadoras de la salud expuestos y abocados al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19.

Están incluidos los trabajadores y las trabajadoras, profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares, ayudantes y toda otra persona expuesta y/o abocada al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19, que desarrollan actividades en establecimientos de salud con internación y con financiamiento público y privado, incluyendo aquellos de la seguridad social; los sistemas de atención de emergencia extra-hospitalaria; los laboratorios de análisis clínicos y los establecimientos y/o residencias de la tercera edad.

Los representantes legales de los establecimientos de salud, apoderados ante la AFIP, son los responsables de determinar la nómina de los trabajadores y las trabajadoras expuestos y/o afectados a COVID-19, beneficiarios de la asignación estímulo, indicando el CUIL, la suma que le corresponda percibir y el número de CBU del trabajador o trabajadora.

El Ministerio de Salud gestionará los pagos a los beneficiarios y las beneficiarias de la asignación estímulo a través de ANSES.

Las declaraciones juradas requeridas para el pago de la asignación estímulo otorgada por el Decreto No 315/20, serán realizadas considerando el plantel de los establecimientos de salud declarados en el Registro Federal de Establecimientos (REFES) y cada establecimiento deberá actualizar la nómina de sus trabajadores y trabajadoras en el REFES, de acuerdo a los procedimientos que se establecen en la norma.

La AFIP verificará la información presentada, las Unidades de Auditoría Interna del Ministerio de Salud y de la ANSES controlarán los pagos y la Sindicatura General de la Nación el cumplimiento del procedimiento y pagos efectuados mediante la Red Federal de Control Público u otros mecanismos y procedimientos de control que estime pertinentes.

En caso de detectarse falsedad o incongruencia en la información presentada como declaración jurada por los establecimientos de salud, el establecimiento, sus autoridades y representantes legales serán pasibles de las acciones penales, civiles y administrativas correspondientes, así como las tendientes al recupero de los fondos erogados en su consecuencia.


Descargas

Resolución conjunta MTEySS y Ministerio de Salud asignación estímulo a trabajadoras y trabajadores de salud por Coronavirus (0.22 MB)

    Descargar archivo
Scroll hacia arriba