Aseguran el acceso de los recién nacidos al plan Materno infantil sin necesidad de presentar dni durante la cuarentena
El Ministerio de Salud de la Nación informó que todos los niños y las niñas nacidos del 20 de febrero de 2020 en adelante tienen garantizada la cobertura del Plan Materno Infantil.
Esta es una medida que facilita a las madres y los padres, en el marco de la pandemia en nuestro país, al acceso con la sola acreditación del parentesco mediante la Partida de Nacimiento, y sin necesidad de presentar el DNI.
Las hijas e hijos de afiliadas o afiliados a Obras Sociales o a Entidades de Medicina Prepaga deberán ser incluidos en el Plan Médico Obligatorio, del cual tienen derecho a recibir prestaciones médico asistencial.
La resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud fue publicada en el Boletín Oficial el pasado 7 de abril, con el número 309/2020, y dispone con carácter de excepción “que todos los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta CUARENTA Y CINCO (45) días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto Nº 297/20 y suseventuales prórrogas, a las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, con la sola acreditación del nacimiento y parentesco, mediante presentación de la Partida de Nacimiento o Certificado Médico de Nacimiento, expedido por el establecimiento médico asistencial de gestión pública o privada, y suscripto por el médico, obstétrica o agente sanitario habilitado al efecto que hubiere atendido el parto, o cualquier otro instrumento que, en copia u original, permita tener por acreditada, razonablemente, la ocurrencia del nacimiento.”