Presidencia de la Nación

Arcor/Ingredion: la conformación de Ingrear fue subordinada al cumplimiento de medidas estructurales y conductuales

La CNDC y la Secretaría de Industria y Comercio resolvieron subordinar la autorización para la consolidación del negocio de molienda húmeda de maíz y la comercialización de sus derivados de Arcor e Ingredion al cumplimiento de un compromiso que establece medidas estructurales y conductuales.

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) emitió un dictamen en los términos del artículo 14, inc. b), de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC), recomendando a la Secretaría de Industria y Comercio subordinar la autorización para la conformación de Ingrear, un joint venture entre Arcor e Ingredion para el desarrollo de las actividades relacionadas con la molienda húmeda de maíz y la comercialización de productos derivados, al cumplimiento de un compromiso compuesto por siete medidas remediales.

Arcor es la matriz de un grupo empresarial argentino que desarrolla, a través de distintas subsidiarias y entidades relacionadas, tres divisiones de negocio: alimentos de consumo masivo, agronegocios, y envases de cartón corrugado (packaging). En lo que respecta a la producción y comercialización de alimentos, Arcor participa de la oferta de golosinas, chocolates, helados, mermeladas, conservas, aceite, bebidas, jugos en polvo, lácteos, galletitas, entre otros, que se venden bajo marcas de gran renombre y trayectoria en el mercado argentino, como La Campagnola, Bagley y La Serenísima. Asimismo, produce ciertos insumos que comercializa a terceros, o bien, utiliza para su propia elaboración de productos alimenticios de consumo masivo. Este es el caso de los productos que se derivan de la molienda húmeda de maíz, actividad para la cual cuenta con tres plantas, dos en la provincia de Córdoba, y una en la provincia de Tucumán.

Por su parte, Ingredion es la subsidiaria local de Ingredion Inc., un grupo multinacional estadounidense proveedor de ingredientes que produce principalmente almidón, almidones modificados y azúcares de almidón como jarabe de glucosa y jarabe con alto contenido de fructosa. En Argentina, se dedica a la producción y comercialización de ingredientes, especialmente en base a la molienda húmeda de maíz y sus derivados, actividad para la que cuenta con dos plantas en la provincia de Buenos Aires.

El joint venture entre los dos grupos económicos implica la consolidación en una unidad económica de la actividad de procesamiento industrial de maíz mediante el proceso de molienda húmeda, y la posterior comercialización de los siguientes productos derivados de dicho proceso industrial: jarabes, fructosa, dextrosa, almidones, aceites, gluten feed, gluten meal, germen, glucosa, maltodextrina y adhesivos, entre otros. Estos derivados se utilizan como insumos de las industrias de alimentos, bebidas, papel y farmacéutica.

En abril de 2022, la CNDC emitió un Informe de Objeción manifestando la potencialidad que tenía la operación para restringir o distorsionar la competencia en estos mercados.

Luego del analizar la operación, la CNDC concluyó que la transacción conlleva una reducción en el número de competidores independientes en los mercados de molienda húmeda de maíz y en la comercialización de sus derivados. Concretamente, la consolidación de dos de los principales productores en capacidad de molienda. Además, se verificaron posibles efectos verticales, toda vez que la creación del joint venture tendría la potencialidad de permitir la práctica de conductas exclusorias en relación con los competidores de Arcor en las industrias aguas abajo de producción y comercialización de alimentos y bebidas, en términos de cierres de mercado, aumento de costos, aumento de barreras a la entrada, entre otros.

Esto en virtud de que las empresas involucradas concentran de manera conjunta una parte significativa de la capacidad instalada en el mercado de molienda húmeda de maíz en el ámbito doméstico. En lo que respecta a los derivados del maíz, Arcor e Ingredion producen conjuntamente 26 productos, solapándose en 18 de ellos. Estos derivados se agrupan en tres categorías principales: endulzantes (como jarabe de fructosa y glucosa), almidones y coproductos (como germen y gluten). En el mercado de estos productos, la combinación de Arcor e Ingredion representa una porción considerable en cada categoría.

Luego de la emisión del Informe de Objeción, las partes presentaron un compromiso que implicaba obligaciones de conducta, el cual fue considerado insuficiente para neutralizar los riesgos derivados de la operación. Posteriormente, se ofrecieron nuevos compromisos, que incluyeron medidas estructurales y conductuales, con el objetivo de mitigar los riesgos unilaterales y coordinados de aumento de precios domésticos de los productos involucrados, así como los riesgos verticales de prácticas exclusorias en relación con los competidores de Arcor en las industrias aguas abajo. Luego del análisis de dichos compromisos y de información complementaria presentada por las partes, la CNDC concluyó que los remedios resultan adecuados y suficientes para neutralizar los riesgos derivados de la transacción.

Las medidas remediales comprendidas en los compromisos presentados son los siguientes:

Remedio 1: desinversión por un volumen de capacidad de producción de 350 tns/día de molienda húmeda de maíz, la cual consistirá en la venta de los equipos de molienda de la planta de Arcor “PMHI” ubicada en Arroyito.

Remedio 2: poner a disposición al costo, por un plazo de 5 años, un volumen de capacidad de producción equivalente a 200 tns/día de molienda húmeda para que sea adquirido y comercializado por uno o más competidores en el mercado de molienda húmeda de maíz mediante la modalidad de cesión de capacidad de producción.

Remedio 3: los precios de transferencia cobrados a Arcor deberán ser iguales o mayores a los precios que se les fijarán a los competidores de dicha empresa aguas abajo, de similar volumen para todos los productos comercializados por un plazo de, al menos, 5 años.

Remedio 4: las partes deberán cumplir con todos los pedidos de compra de competidores de Arcor siempre y cuando cuenten con stock suficiente para satisfacer tales pedidos, y/o capacidad técnica y operativa de abastecerlos, de modo tal que el nivel de servicios brindado a competidores será igual o mayor al nivel de servicios brindado a Arcor por un plazo de, al menos, 5 años.

Remedio 5: contratar a un tercero especialista en cuestiones de defensa de la competencia, e independiente de las partes, para desarrollar un programa de compliance de antitrust a disposición de la Cámara de Fabricantes de Almidones, Glucosa, Derivados y Afines (CAFAGDA) para garantizar que no existan riesgos de prácticas coordinadas en el seno de dicha institución.

Remedio 6: no contratar empleados y/o ejecutivos de los competidores por un período de, al menos, 3 años.

Remedio 7: realizar exportaciones por un volumen anual promedio no menor al equivalente a 550 tns/día de capacidad de producción (medidos en capacidad de molienda de maíz equivalente) durante un período de 5 años.

Particularmente, la implementación de la desinversión proyectada (remedio 1) y la cesión de capacidad de producción comprometidas (remedio 2) permitirán la entrada de un nuevo competidor, o bien favorecer la consolidación de alguno de los jugadores locales ya establecidos, en tanto equivale a un 12% de la capacidad instalada del sector, mitigando los riesgos horizontales identificados, así como los riesgos verticales y coordinados señalados.

Al mismo tiempo, la CNDC identificó que, producto del joint venture, se generarían ciertas ganancias de eficiencia que se constatarían en ahorros de costos y aumentos en la calidad, cantidad y variedad de productos disponibles. Los ahorros de costos se producirían en función de las sinergias relativas a la capacidad de innovación que surgen del conocimiento que aporta Arcor sobre las necesidades de los productos e ingredientes en los bienes de consumo masivo, en tanto que Ingredion aporta las capacidades de I+D en el desarrollo e información sobre ingredientes que brinda el acceso a la red global de laboratorios Idea Labs. Por su parte, las mejoras en la calidad, cantidad y variedad de productos incluyen el aumento en la disponibilidad de productos en el mercado local, y un incremento en la calidad y variedad en los nutrientes de los productos alimenticios

Conforme las mejores prácticas internacionales, la implementación de los remedios prevé la actuación de un auditor independiente como Agente de Monitoreo del cumplimiento de los compromisos, quien presentará ante la CNDC reportes de avance y cumplimiento de los remedios ofrecidos con una periodicidad semestral. Asimismo, la ejecución de los Remedios 1 y 2 se llevará a cabo mediante la participación de un tercero en el rol de Agente Vendedor de modo tal de evitar que el joint venture pueda tener contacto con competidores en el mercado.

Luego de analizar la concentración económica, la CNDC encontró que tal como fue notificada originalmente, la operación tenía la potencialidad de disminuir, restringir o distorsionar la competencia, pudiendo resultar en un perjuicio al interés económico general, infringiendo el artículo 8º de la LDC. Ahora bien, después de analizar las medidas remediales propuestas por las partes para morigerar dichos perjuicios, la CNDC recomendó al Secretario de Industria y Comercio subordinar la autorización de la operación al cumplimiento de los compromisos presentados.

English

Português

Français


Descargas

Resolución y Disposición (1.81 MB)

    Descargar archivo

Compromiso (0.52 MB)

    Descargar archivo

Infografía (26.13 MB)

    Descargar archivo
Scroll hacia arriba