Presidencia de la Nación

Mendoza

Ley 552

Vigente, de alcance general


ORGANIZACIÓN DE LA JUSTICIA-ESTRUCTURA ORGÁNICA

PODER JUDICIAL

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del 05-Dic-1910
Resumen:

Ley orgánica de tribunales

Observaciones:

OBSERVACION: TITULO III: El presente Título ha sido modificado en su totalidad por la ley 4969, que establece la composicion, competencias y atribuciones de la suprema corte de justicia y la de sus tres salas. No se modifica el texto de los artículos por no indicarlo expresamente la ley modificatoria) OBSERVACION Art. 27: los fueros en lo civil, comercial y minas, fueron unificados por ley 1551 art. 6o - los fueros en lo criminal y correccional fueron unificados por ley 1551 art. 8o - los fueros en lo criminal fueron unificados en instruccioin y correccional por el d.l.412/57.V.a. constitución provincial, Sección V, art. 142 al 185, ley 1657 sobre composición e integración de las cámaras de apelaciones y cuerpo de leyes complementarias.OBSERVACION Art. 47: (ver ademas leyes complementarias de creacion de circunscripciones, camaras, tribunales, juzgados y fueros en nota de redaccion)OBSERVACION Art. 63: (nota de redaccion: art. 63 y 69 ver ademas ley 1551, art. 8 decreto ley 412/57) OBSERVACION Art. 70: (ver ademas constitucion provincial, seccion v arts. 142 al 185 poder judicial) OBSERVACION Art. 85: (ver ademas ley no 6354: regimen integral de proteccion al menor, libro ii de la justicia de la familia y en lo penal de menores, creacion de camaras, juzgados, asesorias y ministerio publico fiscal y pupilar) OBSERVACION Art. 100: (ver ademas constitucion provincial, art. 150 al 172).OBSERVACION: ART. 4 El presente titulo ha sido modificado en su totalidad por la ley no 4969, que establece la composición, competencias y atribuciones de la suprema corte de justicia y la de sus tres salas. No se modifica el texto de los artículos por no indicarlo expresamente la ley modificatoria).OBSERVACION: ART. 149 ver ademas leyes 979 y 4850 para oficiales de justicia).OBSERVACION: ART. 299 ver ademas ley 1197) OBSERVACION: ART. 154 vease el listado de leyes bajo el título de "otras" que inciden en el presente título anexas a esta ley).OBSERVACION: ART. 174 el presente titulo ha sido derogado en su totalidad por ley 4976, art. 122 ver ley 4976 (t.o.) que reglamenta la profesión de abogados y procuradores y ley 3641 (t.o.) de honorarios de abogados y procuradores y DLE 1304/75 actualización de montos) OBSERVACION: ART. 192 (vease ademas ley 3123 reestructuración del instituto de criminología y medicina legal, integrado al poder judicial, composición y funciones) OBSERVACION: ART. 227 el titulo ha sido derogado en su totalidad por decreto-ley 3029/57, art. 62, a su vez derogado por ley 3058 t.o., art. 117 que reglamenta las funciones notariales).OBSERVACION: ART. 250 el titulo ha sido derogado en su totalidad por decreto-ley 3029/57, art. 62 a su vez derogado por ley 3058 T.O.art. 117 que reglamenta las funciones notariales) OBSERVACION: ART. 262 ver ademas ley 5053 t.o. de honorarios notariales).

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