Presidencia de la Nación

Chaco

Ley 4270

Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia


MINISTERIOS-TÉCNICA LEGISLATIVA

LEY MODIFICATORIA

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del 19-Abr-1996
Resumen:

Deroga articulo 32 y modifica el numeral del art. 33 que será de la Ley 2903

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